¿Quién realiza el abono del mes que estoy de baja si he finalizado el contrato?

Realizada por Laura. 3 jul 2015

Hola.

Me operaron de enfermedad común 15 días antes de finalizar el mes x-1, he estado de baja 1 mes y 15 días. Me gustaría saber quien me abona el mes x que estuve de baja sin ir ningún día a trabajar, tengo entendido que es la seguridad social / mutua laboral (descontándotelo de tu prestación de desempleo si dispones de ella) quien se hace cargo de pagar el periodo que estés de baja por enfermedad común si se te acaba el contrato. Lo que no tengo nada claro y no he visto por ningún sitio y estaría muy agradecido que me respondierais es: quien me abona el mes x que estuve de baja sin trabajar ningún día, quiero decir, ¿la empresa en la que trabajaba o tengo que ir al INEM y reclamar el pago del mes x que estuve de baja por IT enfermedades comunes?


Hoy, pasada la finalización del mes x (exactamente, en el mes x+1, día 3). Me ha llegado un sms de la Seguridad Social, donde dice que la empresa donde se me acabo el contrato me ha dado de baja el día 15 del mes x-1 y no a la finalización del mes x, que es cuando me dieron el alta médica.


Espero que se entienda mi duda. Puesto que la empresa no me ha abonado el mes x de baja y no sé qué paso dar. ¿Me tendría que abonar la empresa el mes x en mi cuenta? ¿O tengo que ir a la seguridad social?

Muchísimas gracias

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Estimada Laura:

Si la baja fué por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador no percibirá cantidad alguna del primer al tercer día. Del cuarto al decimoquinto día, se abona el 60% de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja médica, y el pago lo asumirá la empresa. Del decimosexto día al vigesimo, se abonará el 60%, si bien en este caso será el INSS quién asuma el pago. Desde el vigesimoprimer día hasta fecha de alta médica se abonará el 75% de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja médica, y seguirá siendo el INSS quién lo asuma. Algunos convenios establecen que el trabajador perciba la misma cuantía estando de baja que trabajando.
La empresa debe seguir pagando al trabajador durante su baja médica, a no ser que su contrato finalice en el transcurso de la misma. El importe del salario se descontará de los seguros sociales cada final de mes, repercutiendo de este modo el coste de la prestación al INSS. Si el trabajador finaliza su relación laboral antes que la baja, deberá solicitar el pago directo de la prestación al INSS.

Atentamente,

Ángel Asensio

Asensio Advocats Abogado en Barcelona

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