Mi ex-mujer en principio se quedó con la casa por haber un menor (injustamente), en la sentencia no especifica quien se hace cargo de la hipoteca si bien pone que.... la persona que disfrute el domicilio conyugal se hará cargo de los gastos de suministros de agua y luz y otros de uso corriente corresponderán a los ocupantes o usuaria de la vivienda. ¿También le correspondería la hipoteca?
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Si no quiere pagar no pague. Solo está obligado a pagar la pensión de alimentos. Otra cosa es que el banco le reclame como deudor. Hable con su ex y dígale que lleguen a un acuerdo porque no va a seguir pagando la media hipoteca.
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Buenos días Vicente:
Si usted es titular de la hipoteca, debe seguir pagándola. Dese cuenta que el uso de la vivienda ha sido otorgada a su hija menor de edad, y por ende, al progenitor custodio; pero la propiedad no ha sido modificada.
Tiene usted que tener en cuenta quién o quiénes son los deudores del préstamo (de la hipoteca). Si cuando la firmaron con el banco o caja lo hicieron los dos (su mujer y usted) y no han cambiado esa escritura, siguen estando como estaban, independientemente de quién sea ahora el que disfrute de la vivienda. Sin más información, solo puedo decirle que revise cómo tiene el contrato (las condiciones de la hipoteca) con su banco.
El pago de la hipoteca es un concepto totalmente diferente al del abono de los gastos derivados del consumo de: agua, luz, etc.
En este sentido, están obligados al pago de la hipoteca aquellas personas que otorgaron la misma, como sabes, obligatoriamente en escritura pública.
De esta manera, serán las personas que en la misma consten las obligadas al pago y las que la entidad bancaria perseguirá, en caso de impago, para que satisfagan la deuda. Si usted y su ex-mujer, ambos, firmaron la hipoteca, ambos están obligados y no solo ella.