¿Quedarse en España por carta de invitación y luego empadronamiento?
¿Mi familia me puede empadronar por el tiempo que sea necesario? Y mi otra duda es que si ellos me mandan una carta de invitación esta no chocaría con el empadronamiento, ¿o sea no hay dificultad? Como tengo entendido que la carta de invitación es como una constancia que el turista también tiene que regresarse a su país... y no entiendo muy bien eso si me lo pudieran aclarar me vendría de gran ayuda! Y también sé que con carta de invitación se me hace más fácil el entrar a España. Entonces mi plan sería que me envíen carta de invitación, llegar a España y empadronarme y pues quedarme el tiempo que sea necesario para poder hacer el arraigo social u otra opción para obtener la nacionalidad... ¿es válido eso?