¿Qué validez tiene un contrato de arrendamiento que no ha llegado a firmarse?

Realizada por Dolores García Lopez. 29 jun 2013

De buena fe entregué la llave a mis arrendatarios antes de firmar el contrato correspondiente para que pudieran hacer la mudanza poco a poco. Dejaron en depósito 500€ y les entregué un recibo. Por correo electrónico les envié el borrador del contrato para que lo leyeran antes de firmarlo en la fecha prevista, 1 de mayo, y me contestaron por correo electrónico: "todo perfecto". Llevan dos meses dándome largas para firmar el contrato y para abonar las cantidades pactadas. Tengo mensajes en mi móvil para demostrar que repetidas veces me han dicho que me pagarán y que firmaremos el contrato, pero a estas alturas estoy convencida de que no tienen intención de hacer ni lo uno ni lo otro.

Quiero iniciar acciones, y me gustaría saber si el contrato que envié a mis inquilinos por correo y al que dieron su conformidad también por correo tiene pleno valor legal aunque no esté firmado.

Agradezco la información que me puedan aportar.

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Buenos días,

Entiendo que el correo tiene valor probatorio, al igual que la fianza entregada y los mensajes que te indican que te van a pagar.
Si no te pagan puedes iniciar los tramites de desahucio.
Quedo a tu disposición si precisas asesoramiento.
Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Dolores

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Evidentemente ese contrato enviado por correo electrónico tiene validez probatoria, además ellos te lo contestaron por tanto entiendo que han dado su consentimiento, tienes un recibí de la cantidad dada como fianza que ya es otro medio de prueba y además están viviendo en la casa. Interpón una demanda reclamando las cantidades que te deben y solicitando que desalojen la vivienda lo antes posible.

Saludos.

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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