¿Qué puede hacer para quitar la pensión si sus hijas ya son mayores de edad?
Realizada por BERENICE. 11 feb 2014
Mi pareja nunca se divorció, ya que nunca le quisieron dar el divorcio y tiene tres hijas las cuales ya son mayores de edad y ya están casadas, a él nunca le llegó ninguna notificación de ningún juzgado, solo le llego el descuento vía nomina, ¿qué puede hacer para quitarse esa pensión? Espero sus respuestas.
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Gracias. Ahora mi duda es puede divorciarse antes de continuar con el proceso para que le retiren la pensión…
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Gracias por sus respuestas, me queda más que claro que tendremos que buscar un buen abogado e iniciar los trámites, gracias, saludos.
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Buenas tardes,
Mi consejo que contacte con un abogado especialista en derecho de familia, lo antes posible, y éste le informe del proceso de ejecución de sentencia, para instar inmediatamente una modificación de medidas que declare extinguidas las pensiones de alimentos. Quedo a su disposición. Un saludo.
Por lo que comenta debe haberse instado una ejecución por el impago de las pensiones y su pareja nunca ha instado una modificación de medidas para que se declare extinguida la pensión de alimentos por lo que la deuda sigue aumentando sin fin. Primero de todo, le aconsejo que contacte con un abogado o abogada especialista en derecho de familia, que vea como está le proceso de ejecución de sentencia y luego, a la par, inste inmediatamente una modificación de medidas para que se declaren extinguidas las pensiones de alimentos. Es un escándalo que estando ya incluso casadas las hijas sigan reclamando. Quedo a su disposición. Cordialmente,
Lo primero que debe saber su pareja, es de qué Juzgado y de qué procedimiento, viene ese embargo. Una vez constatados eso datos, recopilar toda la documentación judicial referida a ese procedimiento, porque lo que está claro, es que tiene que haber alguna sentencia de divorcio o separación, pues es imposible retener una nómina salvo que sea por mandato Judicial.
Una vez realizado todo lo anterior, acudir a un abogado para que inicie un procedimiento de modificación de medidas.
Posiblemente el jucio se llevara a cabo en rebeldía porque el Juzgado no logró encontrar a su pareja. Habría que investigar. Posiblemente se pueda interponer algún recurso o, si no, solicitar la modificación de las medidas definitivas. Aunque en este último caso, eso solo podrá hacerse si ha habido realmente un cambio de circunstancias.
Según lo que Ud. relata, es imposible que los hechos se hayan producido de esa manera.
Para que le estén retirando la pensión, tiene que haber una resolución judicial de divorcio o separación. Por tanto la primer premisa es que su pareja sí está, al menos separado legalmente o, probablemente, incluso divorciado.
Para que ahora se pueda levantar el embargo de la nómina, es preciso tramitar un procedimiento judicial de modificación de medidas ante el mismo juzgado que tramitó la separación o el divorcio. En dicho procedimiento, se tendrá que probar que las hijas ya tienen independencia económica.