¿Qué pasa si soy avalista de una casa que se va a subastar el mes que viene?

Realizada por david. 11 oct 2012

Tengo una nómina y estoy viviendo en el piso embargado, donde pago a día de hoy sólo los gastos. La casa era de una hipoteca que tenía mi hija con su marido, y yo soy avalista, pero no tengo propiedades en España. Ellos se han ido del país, pero yo me he quedado, y la casa se subasta en Noviembre. Si no me equivoco, si con la subasta se cubre lo que queda por pagar, a mí como avalista no me harían ningún embargo ¿es correcto? ¿Hasta cuando es seguro que me quede en la casa? ¿Me van a retener la nómina (que es baja en remuneración)? ¿Me conviene que me despidan y cobrar el paro o este también me lo retendrían?

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Buenos días David,
Tienes razón en cuanto si subastan la vivienda y se cancela la deuda, ya no te embargarán nada, pero en el caso de que no cubra la totalidad de la deuda, y no tengan más bienes los deudores a su nombre, sí que entrarían a por tus bienes, pensiones, nóminas,...........
No importa que sea nómina, o prestación por desempleo, se puede embargar igual, y también la indemnización por despido y el dinero que tenga en las cuentas.

Si tiene cualquier otra duda, puede ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo,
Rosa María Viera-Abogada en Romavipe Abogados Torrent

Romavipe Abogados Abogado en Aldaia

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Muchas gracias por su ayuda. No entiendo bien lo del 30%.

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Muchas gracias de corazón a todos por vuestras respuestas. Si no he entendido mal, me retendrían si el banco decide ir a por ello y no se cubre el precio con la subasta, el 30% si gano menos de 641x2=1280 euros al mes aprox. ¿es correcto? Muchas gracias de nuevo.

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Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, me ayuda mucho. Si no he entendido mal, me retendrían en el caso de que fueran contra mi nómina o desempleo, pues el 30% si gano menos de 641euros brutos ¿es así? Muchas gracias.

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Son muchas preguntas las que usted formula, y difíciles de responder porque aporta pocos datos. Si usted vive en la casa en precario y sale a subasta próximamente, es evidente que una vez sea adjudicada a su nuevo dueño o se la quede el banco, usted tendrá que abandonar la casa, antes o después. Si con la subasta el banco se da por pagado, usted tendrá su nómina a salvo. En caso contrario, el banco le reclamará a usted la diferencia. Sobre el hecho de dejar o no de trabajar, honradamente consideramos que no debería usted dejar su trabajo. Piense que sólo podrían embargarle determinadas cantidades de su nómina, y dada la situación laboral actual, no parece el mejor camino renunciar a un puesto de trabajo.

Ramírez & Zambrano Abogado en Sanlúcar de Barrameda

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Estimada Sra,
Como avalista que es usted el banco, si no cubre la deuda con el importe de la subasta podría iniciar un procedimiento civil y reclamar por la vía civil ordinaria la diferencia embargando parte de su nómina. Al no tener propiedades y su nómina ser de poco importe según parece decir, es bastante improbable que el banco se dirija contra usted, pero si lo tuvieran a bien, realmente podrían hacerlo, aunque repito que en otros casos similares que llevamos, no hemos visto nunca que se dirijan por el momento contra el avalista por no tener bienes y su las nóminas ser de bajo importe.

Saludos,
Bachofer Abogados.

Bachofer Abogados Abogado en Madrid

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Efectivamente, si se cubre con la subasta la deuda, no tienen nada que reclamarle. Si no se cubriera todo el importe podrían embargarle la nómina, pero no completa, le embargarían: Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %. El sueldo mínimo interprofesional actual es de 641,40 €. Depende de quien se adjudique la vivienda, si se la adjudica el banco, lo que tarde el banco en pedir al juzgado que le obliguen a marcharse. Pueden ser 2 meses o 6 meses.

El subsidio por desempleo es igualmente embargable, incluso pidiendo la capitalización del subsidio.

Un cordial saludo

Jaime López Collado Abogado en Barcelona

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