¿Qué hago si mi empresa no me pagará hasta octubre?
Realizada por Javier Barrocal. 13 ago 2013
Buenos días,
Mi empresa nos debe la extra de verano y la nómina de julio. Nos dicen que hasta octubre no cobramos pero yo tengo dudas de que sea así.
¿Sirve de algo ir denunciando ya cantidad y extinción de contrato o es del todo inútil y mejor esperar a que sean al menos tres, las nóminas adeudadas? Mi pregunta va sobre todo enfocada a si se "gana tiempo" denunciando ahora por si luego se cumplen las peores previsiones o si es del todo inútil. Gracias
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Según criterio jurisprudencial mayoritario, los impagos de una paga extra y una nómina no son causa suficiente para interponer una demanda de extinción del contrato de trabajo por incumplimiento del empresario, puesto que se entiende que dicho incumplimiento no reviste la gravedad suficiente para adoptar esta medida. El criterio más habitual es exigir como mínimo tres mensualidades impagadas, sin incluir pagas extra, para que prospere una demanda de ese tipo. Y hay que tener en cuenta además, respondiendo a su pregunta, que para apreciar la existencia o no de dicha gravedad, y se conceda por tanto la extinción del contrato, solo se tendrán en cuenta en el litigio los impagos o retrasos existentes en el momento de la interposición de la demanda y no los posteriores.
Esto no excluye la posibilidad de que Usted puede desde este mismo momento interponer una demanda en reclamación de las cantidades debidas, algo que no impediría solicitar en un futuro próximo, si persisten los impagos, la extinción del contrato por dicha causa.
Gracias a todos por vuestras respuestas. Efectivamente voy a esperar a que sean tres las nóminas que me deban, sé que ni siquiera esto es garantía de nada, pero teniendo en cuenta que mis perspectivas en la empresa no son en absoluto alentadoras, creo que no tengo poco que perder y mucho que ganar. Si llegado el caso, alguno quiere llevar mi causa y que cobre por objetivos, por favor que me lo haga saber. Gracias de nuevo.
Yo, desde luego, le aconsejaría contactar con nosotros o con un abogado laboralista en septiembre, para interponer la demanda desde ya, sin necesidad de esperar a octubre.
Buenos días.
Si es un acuerdo entre las dos partes y lo habéis dejado reflejado en un documento, no podrás reclamar la deuda puesto que aún no es exigible. Lo será cuando haya vencido el mes de octubre.
Para más información puede consultarnos en privado.