¿Puedo solicitar la custodia de mi hijo de 2 años?

Realizada por enrique. 22 ene 2014

El año pasado nos separamos por un problema de deudas contraídas de un matrimonio anterior. En el acuerdo de separación acordamos por escrito que yo me quedaría con el niño 2 findes al mes y entre semana lo que arreglásemos entre nosotros. La cuestión es que no me deja verlo entre semana. Ya no hay deudas y no quiere una reconciliación. Yo voy a dejar el ejército, ya que mi patrimonio es muy amplio y ella es militar también, con todo los problemas que eso trae (maniobras, guardias, etc.). Si acredito que con mi patrimonio garantizo un bienestar económico a mi niño y estar yo con él las 24 del día, ¿me darían la custodia?

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Buenos días, Enrique:

Entiendo que se separaron judicialmente de mutuo acuerdo y que entre las medidas acordadas, se encontraba la guarda y custodia exclusiva para la madre.

En tal caso, para poder conseguir Ud. la custodia exclusiva del menor, tendría o bien que instar un procedimiento de modificación de medidas o bien tramitar el divorcio. En ambos casos puede tratar de hacerse de mutuo acuerdo o bien de manera contenciosa.

Ahora bien, para que a Ud. en dichos procedimientos pueda conseguir la custodia exclusiva, y dado que en la separación estuvo conforme en que se atribuyera a la madre, tendría que probar:
a) Que se han dado cambios sustanciales y permanentes respecto de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de las anteriores medidas.
b) Que, analizando toda la prueba en su conjunto (no sólo la económica), Ud. sería la persona más idónea para que el menor quede en su compañía. Se tienen en cuenta multitud de factores, imposible de enumerar (desde la disponibilidad horaria, edad del menor, estabilidad laboral, condiciones de la vivienda, temas de escolarización y salud, etc...).
Se comparan las situaciones de uno y otro progenitores y se toma la decisión. También cabría un régimen de custodia compartida, pero ignoro si eso sería de su interés.

Ud. tiene en su contra: el tiempo que ya lleva el niño residiendo con su madre. Los jueces suelen dar continuidad a las situaciones de hecho, para afectar lo menos posibles con nuevos cambios a la vida y normal desarrollo del menor.

Ud. tiene a su favor: El incumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre. No obstante, si de esto no queda constancia documental (denuncias, burofaxes, etc...) o hay testigos imparciales, me temo que le va a ser complicado defenderlo en un juicio.

En cualquier caso, hay más información de la que nos ofrece que habría que analizar para poder ofrecerle un asesoramiento debidamente.

Por ello, quedamos a su entera disposición.

Finalmente, recordarle que, en ocasiones, la única manera de saber si es posible es intentándolo.

Saludos cordiales,

Lex Situs Abogado en Algeciras

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