¿Pueden embargar parte del saldo de mi cuenta sin previo aviso?

Realizada por quin42. 24 oct 2015

Me han embargado parte del saldo de mi cuenta por una deuda del año 1993, debido a una suspensión de pagos en mi empresa. Desde entonces no he recibo carta o notificación del acreedor, ¿esto es correcto? ¿Puedo reclamar la devolución de lo embargado, he de pagar a mis proveedores?

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Si la ejecución se inició ya en su día, ésta se mantiene vigente hasta que se obtenga el pago del principal, intereses de demora y costas.

Salvo que el saldo de su cuenta se nutra de un salario, prestación, etc. que no supere el SMI, le podrán embargar todas las cantidades que existan en esa cuenta corriente.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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