¿Puede un ayuntamiento de una localidad diferente, embargar mi cuenta?

Realizada por Carlos Palacios. 16 ago 2013

Me ha llegado una notificación de embargo de mi cuenta del ahorro por parte de un ayuntamiento de Segovia (yo resido en un pueblo de Madrid), por una multa de aparcamiento. Quisiera saber si dicho ayuntamiento tiene algún convenio de colaboración que le permita embargar cuentas de personas que residan en Madrid. Muchas gracias

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No es necesario ningún tipo de convenio para embargar cuentas para el cobro de una sanción por la comisión de una infracción de tráfico cometida por un nacional en territorio español. Sea cual sea su lugar de residencia, la Administración Local le "localizará" y se cobrará la deuda, en este caso la cantidad impuesta en concepto de multa.

No obstante, usted puede solicitar la anulación del embargo si existe la falta de notificación de la sanción impuesta mediante el recurso procedente, en el caso que únicamente le haya sido notificado el acto de embargo.

Lo mejor es que hable con su compañía de seguros y, en el caso que tenga concertada asistencia letrada, formular el recurso que proceda, puesto que también hay que estar atento a los plazos de caducidad y prescripción del procedimiento sancionador, los cuales en ciertas ocasiones se hallan agotados.

Urbegara Advocats I Tècnics Urbanistes Abogado en Terrassa

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Por supuesto, una infracción no deja de ser perseguida por residir en otra localidad. Los embargos se realizan a través de la agencia tributaria y es indiferente donde se ha cometido la infracción, incluso nos pueden llegar multas por infracciones cometidas en el extranjero.

Sánchez-Gago, Vieira & Gallego Abogados Abogado en León

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Sí lo puede hacer. Es una Administración Pública y al ser usted un infractor puede perseguir sus bienes donde esté.

Deza Sierra&colaboradores Abogado en Torrejón de Ardoz

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Buenos días,

Efectivamente cualquier administración puede ejecutar el embargo de sus bienes a través de la Agencia Tributaria, no importa el rango competencial de sus funciones primarias puesto que se trata del cobro de una sanción, aspecto que está en el ámbito de sus actuaciones por lo que resida, en Madrid o en Teruel, ese Ayuntamiento puede cobrar las deudas que usted ha contraído con él.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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