¿Puede la audiencia obligarme a que me acoja a una custodia compartida?
Realizada por begoña. 22 may 2014
Estoy separada y custodio a dos hijos de 6 y 11 años. Ambos firmamos y acordamos una separación de mutuo acuerdo. Yo permanecía en el piso familiar por tener la custodia. Pero establecimos un régimen amplio de visitas. Los niños están con él una semana desde las dos que salen del cole hasta las ocho de la tarde. Me pasa 400 euros como pensión alimenticia. Paga la mitad de la hipoteca y la mitad de la comunidad. Ahora sin haber cambios sustanciales de ningún tipo me demanda diciendo que quiere una modificación de medidas alegando que yo soy mala madre. El juzgado de primera instancia sentenció a mi favor. Él recurre pidiendo una prueba psicosocial a los niños la cual también sale desfavorable a él, ya que dice que los niños están bien con ambos. Él solicita una custodia compartida porque quiere vender el piso y dejar de darme la pensión. ¿La audiencia puede obligarme a cambiar ese convenio?
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Los datos son insuficientes para afirmar con rotundidad. En primer lugar, mi primer consejo personal y profesional es confiar en el profesional que le asesora y que sea él/ella quién le tranquilice en este aspecto (sería poco ético por nuestra parte decir lo contrario). Dicho lo anterior, el que la Audiencia pueda tomar otra decisión depende mucho de los criterios del ponente (existe un precedente en la Audiencia Provincial de Tarragona que la acordó sin ser instada, el asunto acabó agravándose sin que pueda precisar más debido al origen del conocimiento que tengo de los hechos, pero sirva de apunte para no afirmar rotundamente nada). Añadir que existen incongruencias: primero ¿pedir la custodia compartida alegando no cumplir los deberes como madre? o se pide la custodia propia o no tiene sentido, a lo que debe añadirse que debe ser probado no meramente alegado: ¿custodia compartida y vender el piso? ¿y dónde se cumple la custodia compartida? Reitero, tranquilícese, confíe en su abogado y esperar los acontecimientos.
La Audiencia provincial dictaminará lo que estime más conveniente según la prueba practicada y siempre en beneficio de los menores. Por lo que comenta, no tiene por qué preocuparse, lo más fácil es que la Audiencia confirme la sentencia de primera instancia. Cordialmente,
En cuanto al tema de la custodia compartida a la que Vd se opone, y que la sentencia de 1ª instancia no se la ha concedido s u ex marida, es poco probable, que en 2ª instancia se la concedan.
Aún en el caso, que su ex pareja consiguiera la custodia compartida, habría que entrar a discutir también judicialmente que sucede con el tema de la vivienda, ya que una cosa es el régimen legal de custodia y otro el régimen económico.
En el caso de que su marido, no consiguiendo la custodia compartida, pidiera una variación del régimen económico, alegando variación de sus circunstancias económicas, él estaría igualmente obligado a proporcionar una vivienda para Vd y sus hijos.
Para más información no dude en ponerse en contacto con nosotros, cordialmente
Buenos días:
En principio, la pretensión de él parece poco prosperable. Tendría que ser cierto y haber sido probado que Ud. no trata bien a sus hijos.
Si ya en primera instancia la sentencia ha sido desestimada, no parece que tenga a priori muchas posibilidades de que le den la razón en apelación, aunque todo depende de valorar la prueba real aportada y de lo bien o lo mal que ha hecho su trabajo el juez de primera instancia.
No obstante, si el problema de fondo es el tema de la vivienda, tal vez puedan pactar algún nuevo régimen en cuanto a lo económico, para ahorrarse Ud. y los niños el coste emocional de tener que pasar por procedimientos de modificación de medidas. Todo depende de analizar el caso en su conjunto y de establecer prioridades. Tenga en cuenta que independientemente de que ahora la Audiencia desestime el recurso, nada le impide a él volver a interponer otra nueva demanda o, quién sabe, incluso acudir a otros procedimientos.
Buenos días Begoña. En estos asuntos de Familia, siempre se atiende al mayor beneficio de los menores. Los criterios actuales tienden a favorecer la custodia compartida, por entender que es lo mejor para los niños, pero eso no significa que se dé en todos los casos. En tu caso concreto, el padre tendrá que demostrar que la custodia compartida es más beneficiosa para los niños que el régimen amplio que actualmente tenéis. Además, tendrá que cumplir una serie de requisitos para que le concedan la custodia compartida.
Si necesitas más información o asesoramiento, no dudes en contactar conmigo.
Un cordial saludo.
Cristina Íñigo Vela