Propuesta de despido

Realizada por luci. 2 oct 2013

Le pedí a mi empresa que me hagan una propuesta de despido, y bueno me han propuesto un despido donde me dan un dinero y estoy de acuerdo.

Mi pregunta es:

Me dicen que primero debo firmar la carta de despido y luego ir a un sitio para denunciarles y luego me darán cita, para que en ese lugar donde me dan el dinero y la nómina restante.

Quiero saber si esto es correcto o cómo debería ser.

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Buenos días Dña. Roberta,

A priori, el empresario tiene la obligación de entregar la carta de despido al mismo tiempo que el abono de la indemnización y finiquito, salvo que existan causas económicas y sea imposible poner dicha indemnización a su disposición en ese momento (lo tiene que probar y justificar con datos económicos en la propia carta que no puede pagarlo en ese momento). Por lo que, y dado la práctica habitual de los empresarios, donde en la carta de despido se establecen cláusulas que expresan que en ese acto usted recibe la indemnización y finiquito, no firme la carta de despido o fírmela poniendo "no conforme" y especificando que no ha percibido indemnización alguna en ese acto, pues si la firma sin más no podrá reclamar esa cantidad.

Por otro lado, si es cierto, que existe la posibilidad de que, si la empresa se declara insolvente o está en concurso, usted pueda acudir al Fogasa para que le abonen la indemnización del despido, hasta un límite. Pero, no es tan fácil como su empresario le ha comentado, dado que deberá poner una conciliación en el SMAC de su provincia y posteriormente una demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social. Así una vez obtenga sentencia judicial o acto de conciliación judicial (la administrativa en el Smac no "sirve") puede solicitar en el Fogasa el abono de dicha indemnización, cantidad que percibirá hasta un límite y habiendo pasado bastante tiempo.

Además, comentarle que habría que estudiar de qué despido se trata porque si llegan a una acuerdo es para que ellos cumplan con el pago y le entreguen sobre la marcha la cantidad indemnizatoria, sino, no deje que le abonen una cantidad por debajo de la legalmente establecida.

En resumen, le aconsejamos que contrate a un abogado para este asunto que salvaguarde sus intereses.

Estamos enteramente a su disposición.

Saludos cordiales.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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