Prescripcion de deuda con hacienda

Realizada por Cristóbal Triviño. 2 feb 2015

En 2010 tenía una empresa (era autónomo) y no pague los impuestos por que tuve que cerrar. He ido recibiendo notificaciones de embargo sobre mis propiedades pero quisiera saber cuando prescriben estas deudas y qué me aconsejan que haga. Gracias

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

La prescripción es a los 4 años, no obstante por no presentar la declaración la infracción son 100€ x declaración renta mod130 y otros 100 por el IVA mod 303, depende de los trimestres que no hayas pagado. Otra opción es negociar la deuda, pues si tienes bienes siempre te lo podrán embargar.

Cáceres & Asociados Abogado en Sevilla

25 respuestas

10 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Como ya le han indicado prescriben a los cuatro años, pero al recibir Vd. notificaciones el plazo s i nterrumpe y vuelven a contarse de nuevo. dichos cuatro años Eso si el plazo es para cada deuda asi que cuente siempre deuda a deuda y 4 años desde la última notificación.:

Anónimo-121118 Abogado en Cádiz

3 respuestas

6 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Las deudas de hacienda prescriben a los 4 años, pero como usted indica, las mismas no han prescrito por que usted en esos años ha venido recibiendo notificaciones de cierre del expediente de notificaciones y de embargos, como comenta, por consiguiente, no están prescritas y corresponde su pago habida cuenta que seguirán generando intereses y recargos. Solicite el pago mediante aplazamiento para que no le suponga mucho perjuicio económico.

Luiuris Abogados Abogado en Valencia

433 respuestas

266 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

La deuda tributaria prescribe a los 4 años. Pero si bien es cierto que la prescripción puede verse interrumpida como puede ser el supuesto que nos menciona ya que la administración le notifica embargos por lo que le está reclamando el pago de la deuda. Una posible solución sería pagar la deuda y solicitar de la administración un posible fraccionamiento del pago. Saludos

C&E Abogados Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

2 respuestas

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas