¿Podría pedir custodia compartida de mis hijas, de 17 años y 21 años?

Realizada por juan maria. 7 abr 2014

Estoy divorciado y tengo dos hijas, una con 17 años y otra con 21 años, llevo sobres tres años sin tener contacto con ellas, porque ellas no quieren, pero sigo pasando la manutención, si dejo de pasarla cuando tengan las dos la mayoría de edad, ¿qué me podría pasar?

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La Sentencia es de obligado cumplimiento, de modo que si no paga lo impuesto por el Juez su ex podría ejecutar la sentencia, reclamando lo debido y si no paga, se le embargaría nómina, cuentas, etc. Lo aconsejable es que Vd pida una modificación de medidas, para que se modifique la sentencia y se reduzca el importe de la pensión, o se suspenda si concurren los requisitos (deberíamos estudiar su asunto y tener más información para saber si concurren o no, eso es, saber si sus hijas ya trabajan, si estudian o no, etc). Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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No puedes dejar de pasar la manutencion hasta que tus hijas adquieran independecia economica, el hecho de la mayoris de edad no supone un cese en la obligacion de prestar alimentos.
Respecto a la custodia compartida debido a la edad de las hijas el juzgado las oiria antes de tomar una decision y si la relacion no es buena creo que seria dificil que prosperara
Saludos

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Buenos días,

Jamás le darán una custodia compartida de su hija de 17 años si ésta no está de acuerdo (en cuanto a la de 21 es mayor de edad, con lo que no cabe custodia alguna). Si sus hijas trabajan, puede solicitar vía proceso judicial de modificación de medidas la extinción de la pensión de alimentos, no puedo hacer sin más y sin previo proceso. Si lo hace, se expone al riesgo que su ex mujer ejecute la sentencia, le embarguen a usted y cargue con las costas procesales (incluido abogado y procurador de su ex mujer). Cordialmente,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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En cuanto a la hija mayor, ya no procede el establecimiento de ningún tipo de custodia, toda vez que ha alcanzado la mayoría de edad.

Y respecto a la menor, toda vez que tiene una edad próxima a la mayoría de edad, deberá respetar su decisión y voluntad, por lo que si decide que quiere seguir con su madre, no tendrá ninguna posibilidad de que le otorguen a vd. su guarda y custodia.

Y, en cuanto a la pensión alimenticia, independientemente de que adquieran la mayoría de edad, persiste la obligación de pago de la pensión mientras no adquieran independencia económica, por lo que, en tanto en cuanto esto no suceda, vd. está obligado a seguir pagando la pensión de alimentos establecida para ambas.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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No puedes dejar de pasar la manutención aunque las dos alcancen las mayoría de edad pues hasta que no sean autosuficientes económicamente como padre tienes las obligación legal de prestarles alimentos. Sin embargo si tu situación ha cambiado económicamente puedes pedir una reducción de la pensión.
El problema es que una vez que tus hijas han alcanzado la mayoría de edad tu no puedes obligarlas a vivir contigo o a verte si no quieren.

Saludos,

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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