No estuve casado pero tuve dos hijos con mi ex pareja. Ellos actualmente son mayores de edad y universitarios.
El piso está a nombre de los dos hijos , y su madre vive allí en calidad de progenitor custodio.
Yo quiero pasar directamente la pensión a mis hijos porque siento que no les llega nada y me veo obligado a darles dinero aparte para bocadillo , transporte , libros etc.
De hecho ellos tienen trabajos precarios ocasionales para poder mantenerse.
Supongo que yo no podré pedir cambio de custodia porque son menores, tampoco que la madre se vaya de ese piso porque ella tiene que custodiar a los niños.
Ella trabaja en negro y cobra ayudas sociales.
¿Hay alguna forma de tener que pasar el dinero de los niños por manos de la madre?¿hay alguna forma de que se vaya de casa de mis hijos?
Un saludo.
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Buenas noches:
Estoy totalmente de acuerdo con el compañero del Despacho de Abogados Guzmán & Cubero.
Puede solicitar una modificación de medidas para extinguir la pensión de alimentos, habría que estudiar su caso para ver como enfocarla pero seguro que prosperaría.
No deje de abonar la pensión de alimentos hasta que no obtenga dicha modificación.
Espero haberle ayudado, quedemos a su disposición. Saludos.
Si son menores y la custodia la tiene ella, tienes derecho a solicitar una modificación de medidas. Ahora bien, si ya son mayores de edad lo que se solicita es la ayuda entre parientes (equivalente a pensión de alimentos), que la podrían solicitar ellos o la madre en su nombre; en el caso de que sean ellos, entonces esa sí se les puede ingresar directamente, no así en el caso de la pensión de alimentos a menores por lo que ya le ha comentado mi colega.
Quedamos a su disposició.
Abogada, Rosa Vázquez Pinilla.
Con independencia de la edad de los hijos, la mayoría de los Juzgados consideran que el pago de la pensión de alimentos directamente a los hijos incumple la sentencia o el convenio regulador que se hubiera dictado en su momento, y que por lo tanto no es válido.
Si no existe una resolución que acuerde modificar lo establecido en la Sentencia respecto a quién debe abonarse la pensión alimenticia, su ex pareja podría ejecutar la sentencia y tendría dificultades de oposición.
Estimado Jon: Los beneficiarios de la pensión de alimentos son los hijos, no la madre por lo que no veo inconveniente legal en pasar la pensión de alimentos a los hijos. Por otro lado, si la casa está a nombre de los hijos, serán ellos quienes decidan, al ser mayores de edad, quien puede vivir en dicha vivienda. Un cordial saludo.