Pago de manutención con hijos mayores de edad, ¿hasta cuándo?

Realizada por sherman. 25 sep 2013

Tengo dos hijas de 23 y 19 años de edad.

Desde que me divorcié hace 5 años estoy pasando mensualmente manutención y gastos adicionales que han ido surgiendo. Mi relación con ellas es nula, y sé por terceras personas que han dejado los estudios de la universidad, y una de ellas trabaja eventualmente en una empresa sin estar dada de alta en la seg. social.

He adquirido una vivienda , y los gastos y las mensualidades de la hipoteca me están asfixiando.

¿Cuánto tiempo tengo que seguir pasando manutención?

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Buenas tardes Sherman.
La situación que expone es muy normal hoy en día. El convenio y en consecuencia la pensión alimenticia sigue vigente hasta que el hijo no tiene independencia económica.
Por tanto lo que hay que hacer es poner una demanda de modificación de convenio y demostrar que los hijos ya son económicamente independientes o que no son activos buscando trabajo.
También se puede pedir la modificación si sus circunstancias económicas han empeorado notablemente desde que se dictó la sentencia.
Si desea más precisión en la respuesta, póngase en contacto con nosotros para ampliar la información y así poderle dar una respuesta más ajustada a su caso, e incluso podremos llevárselo, si es el caso. Saludos

A.llei Abogado en Sabadell

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Hay que estar a lo que diga el convenio. Si las circunstancias han cambiado respecto de entonces, hay que modificarlo. Y desde luego, si los hijos están emancipados hay que terminar con la pensión.
Un abrazo, Sergio Gómez.

Gómez Salvador Abogados Abogado en Pamplona/Iruña

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Buenos días,

La pensión de alimentos debe abonarse hasta que sus hijas sean independientes económicamente. Ahora bien, si una de ellas está trabajando y puede demostrarse de alguna forma, le recomendaría instar un procedimiento judicial de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. En dicho procedimiento (que precisa de abogado y procurador) podría pedir la extinción de la pensión de la hija que trabaja y, en todo caso, la aminoración de la pensión de la hija que no trabaja acreditando usted que su capacidad económica es inferior que cuando hubo el divorcio. Para ello, le recomiendo busque un buen abogado o abogada de familia.

Quedamos a su entera disposición. Cordialmente,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Hasta que pueda demostrar que son independientes económicamente. Entonces tendrá que solicitar una modificación de las medidas adoptadas en el proceso de divorcio. También tendrá que aportar justificantes de su propia situación económica y el juez decidirá.

Esdeley Abogado en Madrid

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Buenas tardes.

La pensión de alimentos debe cubrir las necesidades básicas del individuo (comida, ropa, estudios...) hasta que se valgan por sí mismos o finalicen sus estudios. Si usted tiene claro lo que ha enunciado acuda a un abogado de su localidad a fin de dirigir una petición al juez para que le autorice a dejar de prestar esta cantidad.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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