Pagar pensión alimentos directamente al hijo al cumplir mayoría de edad

Realizada por Roberto C. Muñoz. 10 mar 2015

Buenos días. Tengo un hijo de 17 años con mi ex mujer. Desde que nos separamos pago la pensión de alimentos a la madre pero en unos meses, cuando ya sea mayor de edad ¿puedo abonársela directamente a él? Gracias

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No estoy de acuerdo con los compañeros, la pensión alimenticia ha de abonarse tal y como manda la sentencia que la impone, en caso de pretender abonarla de distinta manera deberá iniciar una modificación de medidas.
La mayoría de los tribunales entienden que cuando se abona directamente al hijo mayor es una liberalidad para con el hijo, una donación a parte de la pensión de alimentos.
un saludo

Alejandra Pérez López Abogado en Gijón

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Entiendo que es una cuestión que debe plantearse ante el juzgado a través fe una modificación de medidas, para evitarse problemas con su ex.

Otra opción, si no quiere hacer la modificación de medidas, es que firme con su ex un documento en el que de manifieste por ambos el acuerdo según el cual el pago se hará a su hijo directamente. Con esto si en el futuro tuviese problemas siempre puede aportar dicho documento firmado por su ex.

Anónimo-181705 Abogado en Bosque (El)

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Buenos Días, en relación con la consulta realizada, le informamos que Uds tienen que acatar lo que haya establecido la sentencia de divorcio, relaciones paterno filiales. Por el contrario si desea modificar las medidas tendrán que instar demanda ante Juzgado de Familia. Si desea que valoremos su caso o le representemos, en Grech Abogados, somos expertos en Derecho de Familia, venga a vernos!!!.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Roberto,

Usted puede pagar directamente la pensión a su hijo cuando sea mayor de edad. No obstante, para evitar posteriores problemas, le aconsejamos que modifiquen este aspecto judicialmente. Así, si consta en el Juzgado este cambio se evita que su exmujer pueda demandarle en un futuro para reclamarle pensiones de alimentos atrasadas. Con lo que le aconsejamos, evitaría todos estos problemas.

Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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Buenos Dias
El pago puede real izarlo directamente en la cuenta de su hijo pero para ello le recomiendo que lo acuerde con la madre, lo ideal seria modificar este aspecto judicialmente pero puede regularlo con la madre para evitar que le demande por impago de pensiones
saludos

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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