No he cobrado dos nóminas, ¿denuncio o puedo hacer algo antes?

Realizada por Luis Miguel. 19 oct 2012

Buenas noches,

Este verano trabajé dos meses en una empresa (julio y agosto) y aún no he cobrado ni una sola nómina. Mi contrato terminó el 30 de septiembre. Trabajé dos meses y aún no he cobrado ni una de las dos nóminas. He hablado con la empresa y me dicen que no pueden pagar, que la administración le debe dinero y que hasta que no cobren no podrán pagar. Dicen que van a cerrar una de las dos sedes, se quedarán con una sola.


Mi temor es que cierren la empresa. Me gustaría saber cómo debería actuar. ¿Denunciar directamente?¿Puede hacer antes algo?

Si la empresa cerrase y desapareciese, ¿sería todo más complicado? ¿Recomendáis que denuncie ya antes de que todo se complique más? No me fío de que vayan a pagar porque llevan con el tema de la administración meses y creo que una manera de callar a la gente.


Gracias y espero vuestra información.

Luis M

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Hemos de partir de que las deudas salariales prescriben al año, es decir, dispone de un año para poder reclamar contra la empresa, partiendo siempre como fecha de inicio del cómputo de la prescripción de la deuda más antigua, en este caso la de agosto. No obstante, mi consejo es que acuda ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de su Comunidad Autónoma, reclamando la deuda pendiente (agosto y septiembre de 2012), además deberá de reclamar su liquidación (partes proporcionales de pagas extras, si no es que se las estuvieran ya abonando en nómina y la parte proporcional de las vacaciones, si no las disfruto mientras estuvo trabajando). Informarle que es mejor que reclame ya, por cuanto que en el caso de que la empresa no le abonase dichas cantidades en el SMAC o no asistiese al mismo, deberá de interponer demanda judicial, siendo la demora media en señalar los juicios la de un año.

Atentamente,
Javier Garriga Navarro. Abogado

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Lo primero que tiene que hacer es presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC de su provincia. Le darán una fecha para presentarse al acto y llegada esa fecha si no llega a un acuerdo con la empresa que le adeuda las cantidades tiene un año para reclamar ante el Juzgado de lo Social dichas cantidades. Para llevar este procedimiento no se le requiere ir asistido de abogado, no obstante recomiendo que vaya con uno pues él sabrá defender al completo sus derechos.

Reciba un cordial saludo,
Esther González Medina (Despacho en Valencia)

Esther González Medina Abogado en Valencia

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Posiblemente la empresa tenga un problema de tesorería derivado de impago por parte de la Administración. Sin embargo, para el caso de que la empresa siga sin pagar y acabe cerrando, el único modo de adelantarse es reclamar ante el SMAC ( servicio de mediación y arbitraje de su comunidad autónoma) previo a la vía laboral los meses impagados. tenga en cuenta que cuanto más tarde más trabajadores y nóminas adeudarán y más difícil será reclamarlo. Para este trámite no precisa abogado, pero sí resulta recomendable. SI precisa de asistencia letrada,quedamos a su disposición.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Mi recomendación es que no pierda el tiempo y reclame esos salarios cuanto antes, debido a que la empresa juega a darle largas para no pagarle y que pierda su derecho. El procedimiento es una reclamación de cantidad laboral, le recomiendo que contrate los servicios de un abogado que le realice la misma. Desde nuestro despacho podemos proporcinarle ese servicio. Un saludo.

Ignacio Esparza Romero (Etxebide Abogados) Abogado en Orcoyen

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