Hola, estoy pagando actualmente 532 euros de pensión alimenticia de dos hijos, cuando el juez dictó esta sentencia yo era encargado de la construcción y cobraba 1800 euros en nómina y mis dos hijos eran menores de edad, a día de hoy (han pasado 9 años) uno ya es mayor de edad el cual ni estudia ni trabaja, el otro sigue siendo menor pero mis ingresos han cambiado.
Ahora mi contrato es de albañil y mi sueldo es de 1300 al mes, he intentado negociar con mi ex y su respuesta fue que nos veríamos en los juzgados, ella está trabajando y cobra unos 1000 euros mensuales, ¿tengo derecho a modificar la pensión ya que con lo que me queda apenas puedo subsistir? Gracias.
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Buenos días Jose Luis
Sin duda concurren los requisitos para poder solicitar una modificación de medidas ante el Juzgado, ya que no dispones de la misma capacidad económica que antes y que es una situación que (desgraciadamente) puede que se mantenga.
Por supuesto que puede solicitar la modificación de la pensión de alimentos acreditando el cambio sustancial en cuanto a sus ingresos y la nueva situación de su ex esposa. Para ello, le recomiendo que se haga con los servicios profesionales de un abogado de familia de su confianza. Saludos cordiales,
Buenos días! Puede solicitar una modificación de medidas mediante la interposición de una demanda de modificación. El motivo que debe argumentar es el cambio de su situación económica. Es un proceso muy frecuente. Respecto de la pensión del hijo que ya es mayor de edad, usted sigue teniendo la obligación de pagar su pensión de alimentos, puesto que de su comentario se deduce que no tiene independencia económica.
La ley prevé que se puedan modificar la medidas definitivas establecidas en un procedimiento de familia cuando haya habido una modificación sustancial de las circunstancias personales que hubieran sido tenidas en cuenta en el momento de dictar la sentencia. En el caso que expone, parece claro que sí que existe una importante variación de las circunstancias, por lo que sí que sería factible intentar modificar las pensiones.
Al haber variado las circunstancias que concurrieron cuando se dictó la Sentencia de divorcio que contenía la cuantía que señala en concepto de pensión de alimentos, al haber empeorado su situación económica, podría presentar una demanda de modificación de las medidas acordadas, solicitando la reducción proporcional de la pensión de alimentos que está abonando.
Mientras el Juez no dicte una resolución variando la cuantía, sigue obligado a pagar la cantidad estipulada.