Minuta por demanda ejecutiva para gastos de dentista
Realizada por paloma. 21 ene 2014
Hola, mi ex marido no me paga los gastos del dentista de una de nuestras 3 hijas y ya ascienden a 1300€, en breve tengo que empezar con otra de ellas con ortodoncia y la deuda suma cada vez más, él solo me pasa 100 por niña y los gastos escolares no los tenemos a medias ya que nuestro divorcio fue por contencioso y no lo pusieron... me he quedado en paro y no puedo seguir asumiendo este coste sola, lo primero es que si debo avisarle por escrito de este tratamiento y él debe dar su consentimiento y, ¿más o menos cuánto supone esta demanda? Muchas gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Buenos tardes, en principio se debe tener presente lo que establece la sentencia con respecto a los gastos extraordinarios, para ver si especifica los gastos de ortodoncia y dentista, aunque los más probable es que los pongan de manera general. Deberá comunicarle mediante burofax la existencia de dichos gastos para posteriormente, si se niega, reclamárselos en vía judicial.
Lo más probable es que se oponga y se deba determinar si esos gastos son efectivamente extraordinarios (existe jurisprudencia a favor de considerar los gastos de dentista como extraordinarios y por tanto, al 50%).
Buenos días,
Como le han indicado mis compañeros debe notificarle los gastos extraordinarios y reclamárselos vía burofax.
Respecto al coste de la ejecución de sentencia reclamando el pago de gastos extraordinarios en mi caso los honorarios que estoy fijando son 400 euros de abogado y unos 100 o 150 de procurador. Podríamos negociar formas de pago.
Tienes mi despacho a tu disposición si precisas asesoramiento.
Saludos.
Buenas noches Paloma,
Envíele una carta o hable con él para ponerse de acuerdo por las buenas, si esto no fuera posible, tiene que presentar una demanda de modificación de medidas para que le incluyan los gastos extraordinarios y habida cuenta además que se ha quedado en el paro y, las circunstancias han variado.
Puede solicitar profesionales de oficio para que la defiendan.
Si desea más información, contacte co el Bufete.
Atentos Saludos.
Buenas tardes Paloma. En principio, los gastos extraordinarios deben asumirse por mitad entre los cónyuges. Algunos de ellos, como actividades extraescolares, por ejemplo, sí requieren el consentimiento del otro cónyuge, si luego quiere repercutirse la mitad del coste; sin embargo, en casos como el dentista, la ortodoncia, etc., dichos gastos se consideran absolutamente necesarios y, por tanto, no requieren del consentimiento del progenitor no custodio, pudiendo repercutirle la mitad del coste.
En cuanto al precio del procedimiento, si quieres ponte en contacto conmigo y te doy un presupuesto sin compromiso. Un cordial saludo. Cristina.
Los gastos extraordinarios en materia de salud que no estén cubiertos por la Seguridad Social y que sean estrictamente necesarios para el menor, han de ser abonados al 50% por los progenitores, aún cuando en el convenio o sentencia no diga nada al respecto.
Ahora bien, si se trata, por ejemplo, de una ortodoncia por razones estéticas, si su ex no está conforme a contribuir, Ud. no tiene manera de obligarle a ello.
Por tanto, ante un gasto extraordinario (y necesario), lo correcto es actuar del siguiente modo: antes de proceder a realizar el gasto (salvo casos de urgencia) Ud. le pasa a su ex el presupuesto. Él puede proponer, si le parece caro, buscar otros presupuestos. Una vez decidido por ambos a qué dentista irá, Ud. tendrá que jusitificar a su ex mediante factura el desembolso y es entonces cuando él vendrá obligado a pagar el 50% y, de no hacerlo, Ud. podrá reclamarlo judicialmente, a través de la ejecución de sentencia.
Si Ud. lo desea, puede solicitarnos en privado presupuesto por una demanda ejecutiva. No obstante, desde este momento, sepa que es bastante económico y el ejecutado será condenado al pago de las costas del procedimiento (abogados, procurador), así como los intereses que la deuda devenguen.
No obstante, en ocasiones un burofax bien redactado puede solucionar el problema.