Mi padre no me paga la pensión alimenticia y ahora va a cobrar una herencia

Realizada por Anónimo. 22 ene 2014

Mi padre nunca me ha pagado la pensión alimenticia, actualmente soy mayor de edad pero sigo estudiando, mi madre ya lo ha denunciado en varias ocasiones, pero desde hace 12 años es insolvente.

Pero ahora, va a recibir una herencia, querría saber si se le embargaría el dinero que recibirá y si mi madre tendría derecho a recibir ese dinero.

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Pues si debe de hacer un embargo preventivas sobre los bienes heredados.

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El deudor responde con todos sus bienes presentes y futuros, es una obligación ex lege. Por lo tanto, en el procedimiento de reclamación de pensiones impagadas tendrá que solicitar mejora de embargo y trabar aquellos bienes que se haya adjudicado por mor de la herencia.

Bufete Jose Box Abogado en Villena

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Buenos días:
En primer lugar, las deudas de pensiones alimenticias prescriben por el transcurso de 5 años. Esta prescripción implica que pasado ese periodo, si no se ha interrumpido la prescripción, ya no hay derecho a reclamar lo que se debía. La prescripción se interrumpe por diversas causas, entre las que destacan: reclamación al deudor extrajudicial con constancia (ejemplo: burofax) o judicialmente (denuncia penal o demanda civil), por reconocimientos del deudor (ejemplo: su padre les escribió diciendo que reconocía la deuda pero que no podía de momento atenderla).

Por tanto, habría que estudiar el caso para saber, a día de hoy, cuánto podrían reclamarle a su padre.

En segundo lugar, para que Uds. puedan obtener lo que se les deba de esa herencia que va a cobrar su padre deben actuar con agilidad y rapidez.

Me explico: el Juzgado, salvo que Uds. se lo digan no va a saber que su padre va a cobrar /ha cobrado dinero de la herencia. En realidad, no concreta Ud. si estamos hablando de dinero en metálico o de bienes.

Si se trata de bienes, Ud. podrían comunicar al juzgado, qué bienes en concreto son, para poder embargarlos.

Ahora bien, si se trata de dinero en metálico, puede ser que les sea bastante más difícil cobrar nada. Si el dinero va a ser ingresado en una cuenta bancaria, Uds. podrían tratar de embargar esa cuenta antes de que su padre retire los fondos.

Pero para que esto resulte exitoso habría que actuar como les digo de una manera muy eficaz. De no hacerlo correctamente, Uds. podrían no conseguir nada.
Sería muy interesante conocer más datos de la herencia y, así mismo, si hay albacea o contador partidor designado.

En cualquier caso, quedamos a su entera disposición por si desearan contactar sin compromiso por medio de la web y ofrecernos más datos de su caso, para que pudiéramos ofrecerle un asesoramiento más completo.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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