Estoy separado desde hace unos 12 años. Actualmente paso una manutención de 282 euros a mi hijo, a parte la mitad de todo lo que le hace falta. Mi ex me pide ahora 364 euros. La verdad es que hace años que no le subo, ¿ tendría que subirle? Yo creo que es suficiente. Otra consulta, para divorciarme, ¿qué pasos tendría que dar y por cuánto me saldría?
Un saludo.
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Las pensiones de alimentos suelen recogerse en las Sentencias con el incremento del IPC, que Usted debería calcular y abonar anualmente. Por lo tanto, de equivaler ese importe que le reclaman a las subidas del IPC, debería abonarlo. La pensión no se extingue mientras su hija no sea independiente económicamente y así lo declare una Sentencia.
Respecto al divorcio, Usted tendría que iniciar dicho procedimiento con abogado y procurador, solicitando las medidas oportunas, en las que incluso podría solicitar una reducción o fijación de otro importe de pensión de alimentos. De ser de mutuo acuerdo, pueden liquidar el patrimonio ganancial pero de ser contencioso se limitará al divorcio y resto de medidas similares a las que se adoptaron en la Separación. El procedimiento es muy similar al que siguió en la Separación, pero los efectos implican la ruptura del vínculo matrimonial y por ello, la posibilidad de que Ustedes pudieran volver a contraer matrimonio tras el divorcio.
Le aconsejo que en cualquiera de los casos consulte con un abogado matrimonialista, ya que los honorarios son distintos según el profesional, aunque existen unos criterios orientativos de cada Colegio de Abogados, que en mi caso y el de otros compañeros, seguimos a la hora de fijar nuestros honorarios. En todo caso, solicite Usted un presupuesto previo.
En la confianza de haberle aclarado sus dudas, me pongo a su disposición para tramitarle el asunto.
la pensión tiene que actualizarse según el IPC anual, puede comprobarlo si acude a la web www.INE.es, y allí sabrá cuánto ha subido y si es acorde.
Para solicitar el divorcio, sólo tiene que presentar una demanda, sin alegar causa alguna, y solicitando que se mantengan las medidas ya adoptadas con la separación, puesto que no se han modificado las circunstancias. Puede tramitarlo de mutuo acuerdo si ella quisiera, pero imagino que ante dicha situación, le pedirá algún cambio de la pensión.
La pensión ha de actualizarse conforme al IPC, por tanto, sí debió haber ido subiendo la pensión si el IPC, variaba al alza.
De todos modos, si todos los gastos del menor, están perfectamente cubiertos con la cantidad que usted le está pasando a la madre de su hijo, y con la mitad de todos los gastos extras que precisa, podría argumentarse que la obligación de prestar alimentos, está perfectamente cumplida y cubierta.
Para divorciarse, debe presentar una demanda de divorcio, podría ser de mutuo acuerdo, poniéndose en contacto con la madre de su hijo a efectos de lograr un proceso más ágil y sencillo. En caso de que ella no se ponga de acuerdo con usted en los tratos que se recojan en el Convenio Regulador que les redactará a ambos su abogado, deberá presentar demanda de divorcio, que dará lugar a un proceso contencioso.
En el convenio debería venir establecida la subida anual a repercutir en esa pensión. Si llevas pagando 282 euros durante 12 años, puedes estar contento de que no te pida atrasos, y sólo haya actualizado la renta. Tú puedes considerar que es suficiente pero a medida que crece el hijo sus necesidades son mayores, por lo que la palabra suficiente es muy relativa y por tanto subjetiva. Y en este caso depende de quien sea el obligado al pago que siempre lo verá suficiente.
En cuanto a divorciarte, estando ya separado, los gastos serán mínimos si no hay cambio de convenio, etc.
Quedo a tu disposición para ofrecerte presupuesto con total confianza.