Mi ex marido sólo quiere pagarme la mitad de la manutencion, ¿qué hago?

Realizada por NAXA. 22 nov 2012

A mi ex lo han contratado por media jornada y según el, sólo tiene para pagarme la mitad de la pensión. ¿Puede hacer eso? ¿Es eso es así? Tampoco me ha ido incrementando la pensión con las subidas del ipc desde hace 5 años. ¿Qué puedo hacer? Muchas gracias.

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Mi ex hace 5 meses que me da la mitad de la pensión por decisión de él y a la vez me debe un mes completo, ¿qué puedo hacer ya que también hay veces que incumple las visitas? Todo esto dictada por sentencia he tenido juicio por esto y el juez ha archivado el caso. ¿Alguien me puede explicar si eso es normal o la justicia no es justicia ni menos para los menores que supuestamente son los que se tiene que proteger y ver por sus derechos?

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Buenas tardes,
La pensión de alimentos debe abonarla en su integridad. Si han cambiado su situación laboral, únicamente cabe que solicite una modificación de las medidas acordadas en la sentencia, y si se lo aprueba el Juez se reducirá, mientras tanto debe pagar lo estipulado.
En caso de impago puede denunciarle penalmente o solicitar la ejecución de la sentencia en el Juzgado donde se tramitó el proceso.

Un saludo,
Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Su marido no puede unilateralmente rebajar las cantidades de la pensión, por lo que si no le paga la totalidad de la pensión que se le asignó por Sentencia Usted puede ejecutar la sentencia y reclamar las cantidades pendientes incluidas las actualizaciones del IPC. Para ello necesita abogado y procurador.

Un saludo
Esther González (Valencia)

Esther González Medina Abogado en Valencia

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Buenos días Naxa,
En respuesta a su pregunta, no, su ex pareja no puede unilateralmente alterar la cantidad de pensión de alimentos estipulada en la sentencia. En todo caso, su ex pareja para modificarla debería iniciar un nuevo procedimiento de modificación de medidas en el que tendría que acreditar un cambio sustancial de las circunstancias que concurrían en la primera sentencia, lo que parece que no ha ocurrido a tenor de su consulta.

Por lo tanto, si no cumple estrictamente con la pensión impuesta Usted estará facultada para instar la ejecución judicial de la sentencia, y con ello, proceder a los embargos correspondientes que permitan el abono forzoso de las cantidades debidas. Es de señalar que en el caso de pensiones de alimentos no existe un mínimo inembargable del salario y pueden retenerle la cantidad del sueldo que sea necesaria para cubrir lo debido.

Salvo mejor opinión. Un saludo.

Ariadna Santana Cabrera Abogada Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Puede solicita la ejecución de sentencia que fije los alimentos para que le exijan el pago de las cantidades que le adeuda incluidos los atrasos por no actualización. Es él quien debe iniciar un procedimiento de modificación de medidas para intentar rebajar el importe de la manutención. Mientras no lo haga y no se dicte sentencia firme que modifique el importe de la pensión, el debe seguir pagando el importe fijado por la sentencia más las actualizaciones.

Otra opción es que, en caso de llegar a un acuerdo entre Uds. sobre cual debería ser el importe actual de la pensión de alimentos a la vista del nuevo contrato de trabajo de él, alcanzar un acuerdo escrito y someterlo al juzgado de mutuo acuerdo. Atentamente.

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

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Buenos días,
Para que se modifique la pensión es necesario una modificación de medidas dictada por el Juzgado, no se puede hacer de forma unilateral. En cuanto a la actualización, puede reclamarle la diferencia judicialmente. Un saludo.

Ana Pérez Pérez- Gabinete Jurídico Abogado en Huércal-Overa

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Su ex marido no puede de forma unilateral,bajar la pensión,si no puede pagar tendrá que solicitar judicialmente una rebaja de esa pensión mediante una demanda de Modificación de Medidas. Por otro lado si le adeuda atrasos usted deberá demandar por la vía civil o por la vía penal. Nuestro despacho queda a su disposición. Saludos

Lola Tormo Abogados Abogado en Valencia

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Para pagarle una cantidad distinta, su ex debería solicitar ante el juez una modificación de medidas mientras tanto deberá seguir pagando la misma cantidad, caso de impago podrá ud ejecutar las cantidades impagadas y solicitar el embargo de sueldos y salarios. Es decir no lo puede decidir por su cuenta. En cuanto a los incrementos, podrá reclamar del mismo modo, ejecutando el incremento anual del IPC.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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No es así, si su ex quiere pasarle menos dinero deberá iniciar un procedimiento de modificación de medidas sino, esta incumpliendo una resolución judicial y usted puede solicitar la ejecución de lo que le adeude así como las cantidades no actualizadas hasta en los últimos 5 años.

A su disposición,
Saludos

Escertia Abogados Madrid y Asturias Abogado en Madrid

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