Mejora de embargo

Realizada por Carlos Elvira. 2 jun 2016 Abogados reclamaciones

Buenos días,


Me embargaron la nómina en el mes de diciembre de 2015. Estoy en paro y la parte ejecutante ha pedido mejora de embargo. En la parte dispositiva se declaran embargados:

Las devoluciones tributarias

Las prestaciones a recibir del paro

Prestaciones percibidas del INSS

De momento no hablan nada de embargos de saldos de cta. corriente.


Pueden embargarme la cuenta o solo lo mencionado anteriormente

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Mejor respuesta

Buenos días.

Pueden embargarle todos sus bienes hasta la satisfacción de la deuda. Con unos límites.
Quedo a su disposición.

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