Medidas provisionales (ambiguas) y vacaciones compartidas

Realizada por ana. 13 nov 2013

Víctima violencia de género, separada en trámite divorcio por lo contencioso aún pendiente, (casi dos años), tengo dos consultas, una de ellas es la siguiente:

La primera cuestión es que tengo las medidas provisionales que se establecieron en el juicio rápido teniendo como objeto sólo ese documento en el que especifica medidas cautelares, pensión de alimentos, etc... La custodia es mía, y el régimen de visitas del padre.

Es en período quincenal, y está pocas horas por día, (sábados y domingos alternos) pero pone sin pernocta, pero por otro lado pone que las vacaciones de verano, navidad, semana santa a la mitad, eligiendo los años pares la madre y los impares el padre… ¿se estaría incumpliendo si me aferro a eso, por la incongruencia de sin pernocta?

Segunda cuestión: es en caso que se la llevase por ejemplo en navidades, tengo derecho a pedir por escrito (burofax) estar en conocimiento de saber dónde pernoctará mi hija, así como que mis padres tengan contacto con el padre telefónicamente para que mi hija nos escuche? ¿Puedo negarme si recibo una negativa por parte contraria? Resumo, en este verano, el padre se la llevó por un periodo largo y completo de golpe sin pasar ni 24 horas de seguidas con él, y me mantuvo distante de mi hija, (2 años), sin saber dónde estaban ni atendiendo a mi familia cuando llamaban al teléfono...(el padre es de procedencia extranjera).

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Efectivamente de la praxis judicial podemos observar como, muchas veces, se establecen medidas contradictorias con otras. Yo creo que lo que el juez en este caso establece es que esos quince días de vacaciones sí son con pernocta porque se entiende que son en lugares distintos al domicilio habitual. Ahora bien, como estos son medidas provisionales, en el pleito principal se puede solicitar que no exista esa pernocta en vacaciones. Estamos a su disposición. Un saludo.

Abogados Puerta Del Sol Abogado en Madrid

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Si pero si no hay ninguna medida por escrito que diga obligación telefónica para poder estar al tanto de donde pernocta y diario telefónico, ¿puede él negarse a atender a mi familia? ¿Puedo pedir por escrito ese compromiso por parte del padre para poder tener contacto y conocimiento de diese como está mi hija? Ya me lo hizo en vacaciones de verano, y casi no escuché a mi hija, con excusas... y tampoco lo pude denunciar por no tener nada por escrito. ¿Puedo y tengo derecho a pedir lo que pido? Si no me lo da, ¿puedo negarme justificadamente a que no se la lleve? Solo quiero saber dónde estará mi hija y cómo estará, algo fundamental e imprescindible para mi ya que su padre es condenado por agresión de violencia de género.

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Buenos días, es habitual que exista contradicción en los autos de medidas en la que respecta a que en el periodo ordinario (fines de semana alternos) no contemplan la pernocta y en periodos que son mucho más largos (vacaciones) no la prohíbe. Estando al contenido estricto del auto, el padre, y aunque sea contradictorio, en los periodos vacacionales sí tiene pernocta. En todo caso, usted tiene derecho a tener, como mínimo, contacto telefónico con la niña, una vez al día. Tenga en cuenta estos hechos para el pleito principal, donde su abogada deberá insistir en el hecho de que se impida la pernocta en los periodos vacacionales e incluso recortar dichos periodos si el perfil del padre así lo hace indicado. Quedo a su entera disposición. Cordialmente

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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