¿Me pueden despedir por tener un accidente de tráfico?

Realizada por marc. 14 may 2013

El pasado 26 de marzo me dieron por detrás con el coche y sufrí un latigazo. A día de hoy, aún estoy haciendo rehabilitación y el médico de accidentes de tráfico que me ve cada 15 días, no me ve apto aún para ir a trabajar. Normal, porque aún no muevo bien el cuello, me mareo y tengo dolores de cabeza aun. El problema está en que el médico de la mutua de mi trabajo me ve también cada 15 días y la última vez tuvo un cambio de actitud, seguramente porque la empresa quiere que vaya a trabajar.

De hecho el último día que fui me citó la de RRHH y me amenazó que hacía más de 1 mes que estaba de baja y que por cervicales es mucho tiempo, que me veía muy bien, etc... Yo le dije lo que me dice el médico que no estoy bien, que tengo mareos y dolor de cabeza, etc... claro y ahora estoy preocupado porque yo no estoy bien físicamente para hacer mi trabajo habitual, además tengo 1 hora de coche para llegar a mi trabajo y con mareos no me veo bien para conducir. Mi preocupación es si me pueden echar del trabajo. Llevo más de 17 años allí y ahora tengo una niña de 6 meses y la verdad me preocupa el tema. La pregunta es si me pueden despedir. Gracias!

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Si partimos del criterio empresarial, claro que ellos te pueden despedir. Otra cosa sería que ese despido, analizando tu situación particular, podría llegar a ser improcedente. Razón por la cual sugiero te pongas en manos de expertos laboralista.
Saludos cordiales.

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Tu empresa te puede despedir, si bien la causa del despido nunca podrá estar basada en el hecho de estar de baja por el accidente de tráfico padecido. Te pueden despedir por razones objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) o bien realizar un despido disciplinario. Si tu empresa está atravesando una mala situación económica (lo cual a día de hoy no es difícil) podrá despedirte por razones objetivas, las cuales tendrá que acreditar o despedirte de forma disciplinaria. Los efectos de un despido u otro varían pues mientras en el primero tendrías derecho a indemnización en el segundo no. En cualquier caso, aconsejo consultar a un profesional.

Gracias, un saludo

LBO Abogados Abogado en Sevilla

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Le pueden despedir, pero si demanda judicialmente, lo probable es que obtenga una sentencia declarando nulo el despido, si hay vulneración de derechos fundamentales, y condenando a la readmisión, o improcedente, condenando a la empresa a abonar una indemnización de 45/33 días/año y derecho a percibir las prestaciones por desempleo.

Bufete Losada Abogado en Madrid

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La empresa podría hacerlo, otra cuestión es que resulte procedente. Por lo que habría que estudiar las circunstancias concurrentes. Si resulta improcedente puede usted acudir a demandar a la empresa para el restablecimiento de sus derechos.
Un saludo cordial.

Abogados Navarro Cabanillas Abogado en Córdoba

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Apreciado Marc, evidentemente te pueden despedir. Hoy en día te pueden despedir por cualquier cosa salvo en vulneración de derechos fundamentales o si lo hicieran de forma discriminatoria. Sin embargo, el despido sería improcedente (a no ser que haya ausencias anteriores que sumadas permitan realizar un despido objetivo). Te recomiendo que acudas a un abogado laboralista de tu zona, ya que si realmente tienes miedo de que te despidan pueden ayudarte a evitarlo, sobretodo teniendo en cuenta que tienes una hija de seis meses.

S&N assessors Abogado en Vilafranca del Penedès

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