Hemos decidido el divorcio y durante la tramitación no convivimos y le estoy pasando una manutención por las dos hijas. ¿Estoy obligado a hacerlo aun sin sentencia de divorcio?
Gracias.
José Antonio
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Efectivamente, debe de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, por lo que está obligado a contribuir a la manutención de sus hijas, si bien, al no existir todavía una resolución judicial que establezca la cantidad concreta que debe abonar cada mes en concepto de pensión alimenticia, deberá abonar lo que estime procedente.
Lo contrario le podría suponer el verse incurso en un delito de abandono de familia.
Aún no existiendo sentencia tiene la obligación a contribuir al sustento de sus hijos aunque debe ser especialmente cauteloso con la cuantía. Quiero decir con ello que no ingrese una cantidad que resulte elevada ya que debe tener en cuenta que el juzgado tendrá como precedente esa cuantía y lo habitual es que parta de esa cantidad hacia arriba para fijar una pensión de alimentos. Le recomiendo encarecidamente que antes de dar cualquier paso en este sentido o en otro consulte con un buen abogado especialista en derecho de familia.