Yo tengo tres partes dos por herencia y una por compra.
La otra parte es la que esta pro indiviso.
En la escritura figuran las partes de fachada a fondo pero para poder edificar tenemos que hacer la división de otra forma. Una posibilidad sería ceder para que uno se quede con la parte de delante y otro con lo que le corresponda en la parte de detrás.
¿Es posible hacer la escritura de esta forma?
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Si una parte de la finca acumula toda la fachada y la otra es solamente parte de atrás, entiendo no se puede dividir materialmente pues una quedaría sin salida a calle. Si se puede dividir materialmente en escritura formando un régimen de propiedad por pisos o departamentos con zona común con acceso a calle a través de vestíbulo o escalera. A cada departamento le corresponde una cuota y en total 100%.
Fernando Blázquez de Defensa Jurídica Especializada
Buenos días. Para que se inscriba en el Registro deben ser entidades independientes. Puede hacerse de esa forma de mutuo acuerdo o mediante demanda y que decida un contador partidor.
Saludos
Ignacio
Tomás
Abogado