Juicio rápido por hurto, ¿qué puedo hacer para demostrar que no fue un hurto?

Realizada por Raquel. 29 ago 2013

Me han citado mañana mismo para un juicio rápido, el caso es que al salir de una tienda el vigilante me pidió que enseñara las bolsas sin que en ningún momento pitara nada, llevaba un pantalón que había comprado otro día y quería cambiar de talla pero al ver que no llevaba el ticket me fui y ellos me han denunciado por hurto. ¿Qué puedo hacer si no encuentro el ticket?

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Si no encuentras el ticket solicita como prueba las cámaras de seguridad del establecimiento, y si tú no lo has hurtado, no aparecerás en la mismas.

Un saludo

Josefina Santana Abogados Abogado en Badajoz

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La carga de probar que se cometió un hurto corresponde siempre a la parte que acusa, así que con presentar el tícket de compra, extracto bancario si se abonó por tarjeta... o prueba testifical de alguien que estuviera con usted es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.

Antonio Araújo Domínguez Abogado en Ourense

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En primer lugar debo decirle, que si lo que le imputan es el hurto de unos pantalones, se tratará de un juicio de faltas. En dicho juicio, usted deberá llevar las pruebas de las que intente valerse. Antes de nada, comentarle que quien debe probar que se trató de un hurto son los denunciantes, es decir, la tienda.
Barrunto que lo harán mediante la declaración del vigilante. En tu caso puedes aportar algún testimonio que corrobore tu versión. Que estuviera contigo ese día, o el día que los compraste, o te viera con ellos. Si la compra la hiciste con tarjeta de crédito, también puedes aportar extracto bancario que refleje dicha compra. Y por último recuerda en tu declaración dar el máximo de detalles, ibas con la bolsa antes de entrar, no la escondiste en ningún momento...

Fidel Martínez Sánchez Abogado en Terrassa

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Buenas tardes.
Está usted en una tesitura complicada, no obstante, debe saber que la carga de prueba la tiene la acusación, es decir, que es la tienda quien debe demostrar que usted hurtó el pantalón. Lo pueden hacer por medio de alguna grabación visual, testimonio, marca de la alarma que llevase el pantalón... .

A todo ello no estaría de más que rebuscase el ticket de compra o la etiqueta que llevaba el pantalón que le exornaría de cualquier responsabilidad, o el resguardo de la tarjeta de crédito si se dio la circunstancia, etcétera.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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