El próximo día 10 de marzo tengo un juicio rápido por falta, por un hurto cuyo valor asciende a la cantidad de €28,00, me gustaría saber si tengo derecho a la asistencia de un abogado de oficio puesto que estoy en el paro y únicamente cobro un subsidio de €426,00.
El pasado lunes hice a la consulta en el mostrador de atención ciudadana que hay en la ciudad de la justicia de Barcelona y me confirmaron que el servicio de oficio no cubre este tipo de juicios y que si no puedo costearme un abogado debo acudir sin letrado. Desearía saber si esto realmente cierto. Yo desconozco el procedimiento por completo, puesto que es la primera ocasión que me encuentro en esta situación, si debo compadecer sin ninguna defensa tengo una gran sensación de indefensión que creo va a perjudicarme claramente en el momento del juicio.
También me gustaría saber el tipo de pena que me pueden imponerme, imagino que por el tipo de delito será solo una multa, ¿De qué importe puede ser? ¿Se podría pagar en varios plazos? ¿Puedo tener algún tipo de repercusión posterior tales como antecedentes penales o policiales? ¿Durante cuánto tiempo?
Y por último ruego me informen si a través de esta plataforma es posible la contratación de un abogado económico, ¿qué coste tendría para un juicio de estas características?
A la espera de sus respuestas aprovecho la ocasión para enviarles un cordial saludo.
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Muy buenas tardes,
Mil gracias por toda la información proporcionada, me ha sido de una gran utilidad y en gran medida me ha permitido mitigar el estrés que esta situación nueva y desconocida me está causando.
Para concluir solo me gustaría saber si es posible saldar la multa en diversos plazos y en caso afirmativo cuándo debo solicitarlo, en el momento del juicio o una vez notificada la sentencia.
Sin otra cuestión que comentar aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo y agradecerle otra vez más toda la asistencia facilitada.
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Por otro lado comentarle que las faltas no son computables para los antecedentes penales, la pena de multa estaría contemplada de una multa de un mes a dos meses, y la cuota diaria que se suele imponer para este tipo de multa no excedería de la cuota diaria de 5 Euros/día, por tanto considero que la pena de multa en su totalidad a la que podría ser condenado no excedería de 300 euros, que es la cuantía aproximada que un letrado le podría cobrar como honorarios por sus servicios profesionales, a no ser que tenga un letrado de sus confianza o localidad que pueda cobrarle menos por sus servicios profesionales.
Buenos días:
Es cierto, los juicios de faltas no es preceptivo la asistencia letrada, por tanto no es cubierto por la asistencia jurídica gratuita, y si desea asistir con un letrado debería sufragar sus honorarios.
Lo cual no le recomiendo, porque al ser una falta de hurto de pequeña cuantía asistir con un letrado, por lo que le recomiendo que asista usted solo.
Usted solo podría ser condenado a una pena de multa, tal y como establece el artículo 623 del Código Penal, por lo que le podría ser mas costoso los honorarios de un abogado, que la posible condena que pudiera sufrir.