Juicio por custodia compartida y temas de salud

Realizada por Pedro Garcia. 9 ago 2014

Hola buenos días/tardes, unos amigos míos tienen un problema familiar sobre la custodia compartida y temas de salud, digo estos dos problemas porque uno complementa al otro, dicho esto empiezo:

Bien mis amigos tienen un problema en casa desde hace mas de 5 años, esto viene por una enfermedad mental que le ocurrió a la madre de esa familia y el padre de esa familia no aguantaba a su esposa, el padre se puso manos a la obra hablando con médicos para curar a su mujer y la única opción era que se tomara unas pastillas, pero la mujer no quería tomárselas ya que ella decía que estaba bien, pero las pruebas medicas decían lo contrario. El marido hablando con amigos, abogados y familiares optó por hacer esta gestión a la fuerza, decirle a juez que obligue a la mujer a tomarse la medicación por su bien y su salud y el bien de su familia, en ese primer juicio lo gano el padre pero eso supuso separación y custodia de los hijos. Ese tema se soluciono mas o menos bien, ya que el padre de esa familia vio que la mujer mejoraba y el hablo con los abogados y consiguió recuperar a su mujer y volver a traer a la mujer a casa y tener una familia de nuevo.

Dicho esto después esa paz duro mas o menos 2 años aproximadamente ya que la madre dejo de tomarse la medicación y la cosa en casa empeoro. La cosa ha empeorado tanto que la situación en casa esta ahora en que, o la mujer se toma las pastillas o el marido no quiere saber nada sobre ella. Y ese es un problema que puede afectar por segunda vez a una familia con dos hijos menores.

Mi duda como amigo es: ¿Hay alguna manera, por segunda vez, de decirle a esa mujer que se tome su medicación? ¿Y de volver a ganar el juicio o esa opción es muy remota, ya que ganar dos juicios seguidos supongo que será difícil? Y claro el tema es y con esto ya termino: que si la mujer no se toma esas pastillas habrá juicio de separación y eso significará volver a tener custodia compartida por los dos menores.

Gracias de antemano por su atención.

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Buenas tardes.

Habrá que estudiar la sentencia que se dio en su momento. Así las cosas, de haberse incumplido la sentencia en sus términos dictados, podrá ejercitarse la acción de ejecución de la sentencia, ya que hace menos de cinco años desde su firmeza.

Debe saber que en las condenas de hacer existe un proceso algo distinto en cuanto a la ejecución de sentencias. Podrá consultar en detalle con esa sentencia en nuestro despacho.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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