Incapacidad, tutuela

Realizada por JESÚS. 16 ago 2015

Buenos días, me gustaría me informaran sobre el siguiente tema:

Mi padre, sin motivo aparente, ha solicitado la tutela judicial para que yo sea el tutor legal de mi madre la cual, se encuentra ingresada en una residencia por minusvalía y dependencia reconocida (alzhéimer en último grado) desde hace años, por acuerdo de la familia (padre e hijos).

El día 16 de septiembre tengo que presentarme en el juzgado dada la solicitud efectuada por mi padre imagino, que para aceptar la resolución que se adopte. Nadie me ha explicado nada.

Mi situación actual (personal, laboral y económica), no me permite atender la atención y necesidades permanentes que requiere mi madre. No dispongo del tiempo ni de la capacidad económica suficiente para poder cubrir sus necesidades dada la enfermedad que ella padece. Sólo puedo darla la misma atención, cuidado y cariño que doy a mi cónyuge e hijas pero no, las que requiere realmente por sus estado (atención 24 horas)

Actualmente, los gastos derivados de su atención (cuotas residencia, medicamentos, etc.) son realizados por mi padre al estar casado con ella y en régimen de gananciales.

PREGUNTAS:

Si acepto la Tutela ¿se puede disolver el régimen de gananciales que tiene mi madre con mi padre por matrimonio?

¿Tendría yo que hacer frente a los gastos que actualmente cubre mi padre?

¿Puedo exigir que mi padre siga cubriendo estos gastos o que la compense económicamente dada la relación conyugal mantenida?

¿Consejo?

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Mejor respuesta

Buenos días

Aunque su padre haya puesto una demanda de incapacitación y solicitado nombramiento de tutor para su madre y haya designado que sea usted, eso no quiere decir que el juez le nombre a usted.

El juzgado antes de nombrar tutor de una persona, cita para una vista a los familiares del presunto incapaz y recaba toda la información necesaria para poder nombrar a una persona o a una institución como tutor del presunto incapaz, y nombra a quien sea mas adecuado, por tanto, si usted no quiere ser tutor no le van a nombrar a usted.

Por otra parte, su madre seguirá en la residencia, dado que es el lugar donde mejor será atendida. El tutor, será quien tome las decisiones por ella , pero también debe rendir cuentas al juez de las decisiones que tome al administrar su patrimonio. Es decir, el tutor suple la capacidad de obrar del presunto incapaz.

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Carmen abogada de Málaga

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