Impago de nóminas y paga extra

Realizada por dani. 18 ago 2014

Buenas tardes


Llevo 28 años en la misma empresa, hace 3 años solicite la extinción del contrato y la reclamación de cantidades adeudadas por retrasos reiterados en el pago de las nóminas. Unos días más tarde de presentar yo la demanda me llega una carta de despido "por la crisis"

Se realizó un juicio en el cual el juez junto mi demanda y el despido de la empresa declarando el despido improcedente por no tener la empresa perdidas para justificar el despido y desestimo mi demanda de extinción de contrato por no considerar la situación grave.


Ahora pasados los años a día 18 de agosto tengo pendiente

• Paga extra julio 2013

• Paga extra diciembre 2013

• Paga extra julio 2014

• Nómina de junio

• Nómina de julio

El resto de nominas las cobramos en 5-6 veces

Mi pregunta es si las pagas extras cuentan como nominas para solicitar de nuevo la extinción del contrato.

Un saludo

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Mejor respuesta

Buenos días Dani:

Repasando las preguntas propuestas, he visto que nadie había respondido sus preguntas. Supongo que la situación persiste, en la actualidad.

Por la situación que expone, lamentablemente, parece que su acción había prescrito en el momento que formuló la pregunta.

El plazo para reclamar una nómina (ya sea salario, paga extra, etc.) comienza cuando se genera el derecho a cobrar (esto es, en el mes correspondiente a su abono) y finaliza exactamente un año después. En su convenio aparece la fecha en la que se genera el derecho a cobrar. Así podrá calcular cuando ha pasado un año.

Espero haberle ayudado.

Un saludo y mucha suerte.

Florencia Calero-Sánchez Abogado en Alicante

2 respuestas

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