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Si ha sido citada en calidad de testigo está obligada a acudir, si lo es como denunciante o denunciada no está obligada a comparecer.
Atte.
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1 respuesta
Depende de la jurisdicción en que nos encontremos y en calidad de qué esté citada, como testigo o como parte demandada.
Si es parte demandada y no comparece habiendo sido citado correctamente, se procederá a celebrar el juicio en su ausencia.
Si es testigo y se trata de un juicio penal, de acuerdo con el art. 463 del Código Penal, si el testigo dejase voluntariamente de comparecer, sin justa causa, con reo en prisión provisional, provocando la suspensión del juicio oral, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 24 meses. Sin reo en prisión, se impondrá pena de multa, después de no haber comparecido por segunda vez.
Si se trata de un procedimiento civil, de conformidad con lo establecido en el art. 292 de la LEC: los testigos citados igualmente tendrán el deber de comparecer. La infracción de este deber se sancionará por el Tribunal, habiendo oído previamente al infractor, con multa de 180 a 600 euros..Al tiempo de imponer la multa correspondiente, el Tribunal requerirá, mediante providencia, al multado para que comparezca cuando se le cite de nuevo por el Secretario judicial, bajo apercibimiento de proceder contra él por desobediencia a la autoridad.
Atentamente,
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