Hola estoy viviendo con mi novia en valencia, desde hace muchos años tenemos un piso en propiedad de los dos y ahorros en cuentas conjuntas, tenemos hecho testamento testando entre los dos , no hay descendientes ni ascendientes pero si hermanos , ¿ los hermanos tienen derecho a la legítima en caso de fallecimiento? habría algún problema en la herencia del un para el otro?
Gracias
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Buenas noches:
Estoy de acuerdo con la información que le facilita el compañero. En caso de fallecimiento le correspondería a cada uno la mitad de la cuenta y del piso en propiedad y la otra mitad le correspondería por herencia. El único perjuicio que tienen es a la hora de liquidar la herencia que les correspondería el tipo impositivo más alto por no ser parientes por lo que tendrían que pagar mucho más dinero en impuestos que si fuesen parientes.
Espero haberle ayudado, saludos.
Hola Larry,
Como continuación de lo ya dicho por mis colegas, le comento que esto depende también de la legislación de las CC.AA, así en el Pais Vasco se equipara a la pareja de hecho con el matrimonio civil a la hora de suceder. Por ello, le recomendaría sino lo han hecho ya, inscribirse en el registro de parejas de hecho. Ir a hacienda o asesor fiscal y que le informen de cuánto pagaría en caso de premoriencia de su pareja, estando inscritos o no como tal.
Del mismo modo, hay otras figuras legales, como el poder por comisario, que pueden cubrir las eventuales carencias de futuro.
Si tiene dudas acuda a un abogado o al notario con su testamento.
Espero haberle ayudado.
Un cordial saludo.
Estimado Larry: Los hermanos no tienen derecho la legítima, sólo los hijas, padres o cónyuges. Si no hubiese testamento, sí heredarían los hermanos pero al existir testamento puede legar sus bienes a quien desee. Un cordial saludo.