Mi mujer quiere separarse, tenemos cinco hijos, dos de ellos están independizados, de los otros tres dos se han quedado con ella en la casa conyugal (por decisión propia) y el otro se ha venido conmigo. De los que se han quedado con ella uno es menor y el otro mayor de edad. Por el que es mayor de edad (que esta estudiando) ¿tengo que pagarle pensión? ¿Hasta qué edad se la tengo que pagar? Yo cobro 1200e y mi mujer 1800e.
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Estimado Jose.
Para poder responderlo de forma más precisa y ofrecerle una solución a su situación debería conocer las circunstancias familiares, así como sus ingresos y gastos, y los de su ex mujer.
Sin embargo, voy a ofrecerle una explicación a todo ello. Como bien dice mi compañera, el hecho de que un hijo tenga la mayoría de edad no exime al progenitor de hacerse cargo de su manutención.Pero esta situación tiene determinados matices: en primer lugar, la pensión de alimentos, es decir, su cuantía, se determina en base a la situación económica de ambos progenitores y la situación del hijo, es decir, sus necesidades.
En segundo lugar, si el hijo, es ya plenamente independiente (es decir percibe ingresos retributivos), aunque viva bajo el techo familiar, no es necesario que perciba una pensión de alimentos.
En tercer lugar, y último, tengo que decirle que no existe edad máxima para recibir la pensión de alimentos, sin embargo el TS en varias sentencias estima que la edad de 25 años es más que suficiente para dejar de pagar una pensión-alimenticia, siempre que el hijo no acredite imposibilidad de tener ingresos propios.
Esperamos haberte sido útil.
Si necesitas consultarnos o asesoramiento no dudes en contactar con nosotros.
El hecho de que un hijo alcance la mayoría de edad, no supone que el progenitor no custodio deba dejar de pagar la pensión de alimentos. Si su hijo está estudiando, hasta que no sea independiente económicamente no podrá dejar de pasarle la manutención. Esto en circunstancias normales, es decir, que no sea por causa imputables a él que no encuentre trabajo.
No obstante, en este tema no hay una respuesta exacta. Cada caso es diferente, y por ello le recomiendo que acuda a un abogado para que, una vez conozca los detalles de sus circunstancias personales, le pueda dar una orientación.