Falsificación de firma en compra

Realizada por T.Bujidos. 3 jun 2015

Hola. Descubrí que falsificaron mi firma en una compra. Quiero saber qué medidas puedo tomar y que castigo recibirá la persona que lo ha hecho. Gracias

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Buenos días T.Bujidos,

Tiene dos vías de actuación: penal o civil. En ambos casos, deberá contar con el informe pericial donde se acredite la falsedad de su firma en el documento que indica.

Podemos encargarnos de toda la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y nuestro perfil del facebook para más detalles sobre nuestros servicios e idiomas.

Un saludo,

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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Buenas Tardes, le informamos que puede usted actuar de dos formas, la vía penal por querella o por denuncia o la vía civil pidiendo nulidad contrato de compra. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de ayenderle, venga a vernos!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenas tardes,

Ante la falsificación de su firma, usted podría optar por la vía penal mediante la interposición de una denuncia o por la vía civil mediante la interposición de una demanda para conseguir la nulidad del contrato por falta de prestación de su consentimiento.
En ambos casos, usted deberá contar con una prueba de un perito caligráfico que concluya que la firma estampada en dicho contrato es FALSA, no correspondiéndose con la firma indubitada suya, que por ejemplo conste en su DNI y demás documentos públicos o privados que obraren en su poder.
La falsedad en documento privado, está castigada con pena de 6 meses a 2 años.
Para más información, si usted lo desea puede contactar con nuestro despacho.
Un saludo,

Illice Lex Abogados Abogado en Elche/Elx

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Efectivamente como le ha expuesto el compañero, es necesario practicar una prueba pericial caligráfica que determine la falsedad de la firma. Una vez se obtiene la prueba hay que presentar una Denuncia/Querella ante el juzgado para proceder contra esa persona. Respecto de la sanción, de conformidad con el artículo 395 del Código Penal le podrían imponer al autor de la firma una pena de prisión de 6 meses a dos años, ello sin perjuicio de la acción de responsabilidad civil que pudiera corresponderle.

Espero haberle resultado de ayuda y si tiene alguna duda más no dude en ponerse en contacto conmigo.

Fdo.: Pablo Pérez Sáez - Abogado Zaragoza

Pablo Pérez - Abogado Abogado en Zaragoza

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Buenas tardes Sr. Bujidos,

Por un lado, usted puede pedir por la vía civil la nulidad del contrato que le obliga, ya que usted no lo firmo. Para ello deberá acreditar en un proceso civil y mediante un peritaje caligráfico que esa firma no es suya.

Con independencia de lo anterior, también puede denunciar por la vía penal a la persona que falsificó su firma.

Aldan Abogados Abogado en Barcelona

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Hola T.Bujidos.

Para poder hacerlo correctamente primero deberás hacer una pericia de tu firma y la que fue estampada en ese contrato, y con dicha prueba, realizar la oportuna denuncia penal.

Un saludo

Buen Juicio Abogado en Madrid

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