¿Estoy obligado a pagar atrasos si mi ex no los ha pedido?
Mi caso es el siguiente: pedí la demanda de divorcio en diciembre del 2014 estando en paro en Barcelona, para ver a mis hijos, tuve que poner una demanda, ya que ella no me dejaba verlos, entonces, mi abogado me comento, que yo tampoco estaba obligado a pasar manutención, hasta llegado el juicio. Hasta mayo del 2015 seguía en paro y en Barcelona, percibiendo una cantidad de 565 euros al mes.
En el mes de Junio, del año 2015, encuentro trabajo en Lleida, y me traslado, obteniendo una media según mi abogado de 1235 euros mensuales estando por ETT, lo cual son 12 pagad, que si las dividimos es menos.
En octubre del 2015 cambio de trabajo a una empresa normal, con contrato, y percibo una media mensual de 965 euros al mes con una retención del 8% de IRPF.
La cuestión y la pregunta es ¿por qué se me imponen atrasos desde mayo del 2015 hasta Diciembre de ese año, cuando fui yo, quien puso la demanda, estando en paro?
De pensión estoy pagando 360 por dos niños, ya que mi ex, cobra casi 1800 trabajando de lunes a viernes 5,5 horas, y sin hipoteca.
Cuanto debería pagar, y que tiempo tendría para ello, si ellas no lo han pedido.
¿Me pueden bloquear la nómina?