¿Es obligatorio hacer liquidación de ganaciales en un divorcio de mutuo acuerdo?
¿Qué periodo de tiempo establece la ley para poder solicitar la liquidación de ganaciales?
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No es obligatorio, se puede hacer en un momento posterior, aunque en determinados casos es muy conveniente.
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No es necesario, cabría hacerlo en un momento psterior.
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No es obligatorio. Con el divorcio se disuelve la sociedad de gananciales, es decir, lo que adquiera cada uno a partir de ese momento ya no pertenererá a la sociedad de gananciales, pero no es obligatorio liquidarla, se puede dejar para un momento posterior.
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Como le indica mi compañero, no es obligatorio liquidar en el momento del divorcio, pero recuede que la otra parte puede solicitarlo en cualquier momento salvo cuando hay hijos menores y tiene atribuido el uso de la vivienda familiar, en cuyo caso prevalece el interés del menor y se espera a su mayoría de edad o independencia económica.
Reciba un cordial saludo.
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No es obligatorio. El régimen de gananciales se disuelve, pero se puede liquidar en cualquier momento, no existe en un plazo concreto.
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