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Es legal. Ud paga la pensión de alimentos porque esta cumpliendo un mandato judicial que no cesará hasta que otra sentencia lo deje sin efecto. Le aconsejo que formule una demanda de modificación de medidas para que, teniendo en cuenta que esa persona ya ha empezado a trabajar, se limite en el tiempo la obligación de pago de la pensión de alimentos o se suprima.
Atentamente,
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3 respuestas
Habrá que ver si es temporal el contrato o esporádico para poder retirar la pensión.
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Legal es, ahora bien, la persona que paga la pensión en cuanto tenga conocimiento de tales circunstancias posiblemente le presente una demanda de modificación de medidas para cambiar esto.
Un saludo.
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Efectivamente es legal, será la persona que esté abonando dicha pensión de alimentos quien deba plantear una demanda de modificación de medidas, solicitando la extinción de la pensión de alimentos, demostrando que el hijo se encuentra trabajando, con un salario que le permite vivir de forma independiente, y que por tanto ya no existe obligación de prestar esos alimentos.
Un saludo,
Jennifer Alarcón
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