En una sociedad civil particular, si se marcha un socio se le debe dar su parte?

Realizada por Angel. 16 oct 2013

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Buenos días Ángel.
Para poder contestarle hay que ver los estatutos sociales o el contrato fundacional de la sociedad.
Si lo desea puede contactar con nosotros, ampliarnos la información y de esta manera poder darle una respuesta más ajustada a su caso, e incluso poder llevárselo. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenos días,

En principio sí, aunque todo dependerá de lo que se diga en el contrato privado de la S.C. si es que lo hay.

Un saludo

ABR Tax & Law Abogado en Madrid

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