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Cierto que durante el periodo de prueba el empresario puede rescindir el contrato sin justificación alguna, pero también es cierto que la maternidad está especialmente protegida, y si usted alega que la causa real de despido es discriminatoria, el empresario tendrá que probar que realmente hay causa para la extinción y no la despiden por su embarazo. Consulte personalmente con nosotros o con un abogado especialista de su localidad.
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1 respuesta
Buenas tardes.
Sí, lo pueden hacer por no haber superado el período de prueba, que para eso está. Ahora bien, el motivo de la no superación no podrá ser nunca el hecho de estar usted embarazada.
Un saludo.
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