Hola. En unos meses dejaré de trabajar por la situación económica de mi empresa. Ahora mismo tengo un embargo de 3000
€ que me van descontando de mi nómina. ¿cuándo me despidan me reducirán el dinero de la indemnización, al igual que pasa con la nómina? Gracias
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Buenas tardes.
Plantea dos cuestiones: En primer lugar, la indemnización por despido, cuya cuantificación dependerá de la situación real de la empresa, pudiendo ser el juez el que resuelva si el importe que pretenden abonarle es o no ajustado a la legalidad. Si le presentan el finiquito y la indemnización, puede firmar siempre y cuando ponga "Recibido, no conforme". En segundo lugar, el embargo pendiente. En éste caso, le pueden embargar parte de la indemnización que perciba. Bufete De Ávila&Sacaluga.
No estoy de acuerdo, el hecho de que los ingresos sean de naturaleza distinta a salario en nada impide su embargabilidad, por lo cual la empresa retendrá sobre la indemnización los límites establecidos en la LEC.
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No, dado que la indemnización es de naturaleza diferente a las nominas. Pero si que podrán embargarle la cuenta bancaria donde ingrese el dinero, salvo que acredite la naturaleza y origen del dinero.