Hola, gracias por permitirme expresar mi opinión y mi situación.
Mi hija tiene 15 años y desde que tiene 11 me lleva pidiendo vivir conmigo. El problema menos grave es que no tenía trabajo y no podía afrontar la estabilidad de la niña. La madre es filóloga inglesa y es profesora lógicamente de donde estudia mi hija. El problema viene en que la estabilidad emocional de la madre de mi hija, o sea, mi expareja, es muy inestable y según me ha dicho la niña se medica porque padece esquizofrenia y sé que me van a decir que tendría que haber hecho algo ya pero tanto la madre, hermanos y su entorno le tienen mucho miedo y yo en mi situación no puedo llevarla a juicio porque es una profesora con su carrera y es muy inteligente.
Pero ahora mi hija tiene 15 años y ya no aguanta más. Hoy me dijo la amiga que en un centro comercial le cruzó la cara sin motivo aparente. Yo la creo porque yo también sufrí malos tratos físicos por parte de ella. Quisiera saber, y perdón por extenderme, si mi hija puede elegir ya con quién puede vivir y para más información ya tengo trabajo pero viviría en casa de mi madre y mía.
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Sería necesario presentar una demanda de modificación de las medidas acordadas en la Sentencia de divorcio.
En dicha demanda solicitaría que, en interés de la menor, le sea atribuida a Vd. la guarda y custodia de su hija, y que se fije un régimen de visitas a favor de la madre.
Tendría que solicitar la exploración de la menor por el Juez, o por el equipo técnico del Juzgado para que se pronuncie sobre su voluntad de residir con el padre.
Igualmente podría solicitar el reconocimiento por el Equipo psico-socil y médico Forense del Juzgado de su ex, para determinar si padece algún problema psiquiátrico que pudiera afectar a la menor.
Buenas Tardes Jose, le informamos que dada la situación de la menor que por su edad podría ser escuchada en juicio ( a partir de los 12 años), deberá usted en interés de la menor instar demanda de modificación de medidas ante los Juzgados de familia, solicitando la guarda y custodia, aportando las pruebas que lo justifiquen, lo que se denomina cambio sustancial en las condiciones que afecten al menor. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días Jose,
Debe interponer una demanda de modificación de medidas, para que su hija pueda pasar a vivir con usted. Se solicitaría la exploración judicial de la menor, de manera que pudiera expresar su opinión, que aunque no es vinculante, si influye bastante dada su edad. Es irrelevante que viva con su madre, no es ningún obstáculo. Quedo a su disposición para cualquier aclaración. Un saludo, Cristina Cáffaro (abogada Mallorca)
En el caso que usted expone lo que debería hacerse es solicitar una modificación de la sentencia. La hija, a partir de los 12 años, es escuchada por el Juez, y además si la madre padece esquizofrenia (es fácil de acreditar), con mucha más razón. Una vía sería instar a una negociación y si no quiere, la demanda. No debe tener miedo a hacerlo, por más inteligente que sea, con los datos que nos aporta, la razón jurídica está de su lado. Estoy a su disposición para examinar el caso con más detalle.
Debe iniciar un procedimiento de modificación de medidas mediante abogado y procurador. Si lo desea podemos tramitarlo. Somos especialistas en Familia y podemos ayudarle. Un saludo
Si Ud. considera que la estabilidad de la niña esta en riesgo, y la custodia la tiene atribuida judicialmente la madre, deberá interponer una demanda de modificación de medidas poniendo de manifiesto este extremo y solicitando la custodia de la niña que, por su edad, debe ser escuchada por el Tribunal.
En su caso, dada la situación que expone, resultaría conveniente interesar un informe psicosocial a elaborar por los servicios especializados adscritos al Juzgado que conozca del procedimiento. Tales profesionales evaluaran a la niña y al padre y la madre evacuando un informe acerca de la situación y orientando en relación al ejercicio de la custodia de la menor.
Si como indica, no puede costearse tal procedimiento por escasez de medios, solicite la designación de un Letrado y Procurador de oficio y la tramitación de la Justicia gratuita. Si se la conceden, no tendrá que abonar los servicios de los profesionales que ejerzan su defensa.