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Buenos dias, el padre sí que tiene el derecho de ver a su hijo y la obligación de pagar una pensión por alimentos que sea digna para la manutención del menor. No obstante, para poder darle una respuesta más certera y evaluar todas las posibilidades, es necesario que concertáramos una cita y nos explicara detalladamente su situación.
Quedamos a su disposición,
Hinode, Asesoría Familiar.
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5 respuestas
Estimada Carolina,
El padre tiene derecho a ver a su hijo y también tiene obligaciones como la pensión
que le está abonando que habría que valorar la circunstancia si es la adecuada o no.
Podríamos valorar y estudiar su situación.
ANGEL DÍAZ- FUERO ABOBADOS
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Buenos Días, en relación con la consulta realizada, le informamos que dado que aporta más informacion, una cosa son los alimentos y otra el régimen de visitas. Si desea informarnos de su caso con más detalle, o que valoremos su caso, en Grech Abogados, somos expertos en Derecho de Familia, venga a vernos!!!!
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Buenos días
Entiendo que no hay acuerdo ni sentencia, porque si lo hubiera ya estaría establecido. Existen unos baremos sobre las cantidades que le debe pasar, y en cuanto al régimen de visitas o custodia, deben llegar a un acuerdo.
Si desea una primera visita gratuíta sobre el tema, estamos a su disposición. Saludos
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Buenos días Carolina,
El hecho de que no se pague la pensión de alimentos no implica que el padre no tenga derecho a ver a su hijo, puesto que no existe dependencia entre ambos hechos.
En caso de que la pensión de alimentos a la que se refiere no esté reconocida en sentencia judicial, les sugerimos que interponga demanda de custodia y alimentos. En caso de que dicha pensión ya esté reconocida en sentencia y su ex no pague la totalidad de la misma, puede interponer una demanda de ejecución de sentencia para hacer que su ex abone la totalidad de la pensión de alimentos, al ser su obligación.
Saludos cordiales,
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el hecho de pasar poca pensión de alimentos o no pasar en ningún momento implica que el padre no pueda ver a los hijos. Lo importante es ver si esta pensión es fijada en sentencia o un acuerdo al que ustedes llegaron, si no hay sentencia que la acuerde recomiendo que contacte con una abogado para presentar demanda de custodia, visitas y alimentos.
Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento
saludos
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