El propietario me quiere echar

Realizada por liebe. 17 ene 2017 Administración de fincas

Buenas tardes , tenemos un contrato de alquiler de un año que firmemos el 1 de abril 2016 , prorrogable hasta 3 años, el 4 de enero nos llama la hermana del propietario que aparece en el contrato diciendo que necesita la vivienda el 1 de abril y que nos tenemos que marchar y que nos hará llegar un comunicado. Nos fuimos a informar en Cambra y nos aconsejaron que fuéramos al registro de propiedad para que tengamos en un papel quien es el propietario de la vivienda y nos encontramos que solo aparece el hermano ella no aparece como propietaria, indagando fuimos al Ayuntamiento para pedir la hoja de empadronamiento por si salía el propietario y correcto el propietario sale empadronado en la vivienda y por lo que tenemos entendido el no ha depositado la fianza. Eso a mi entender quiere decir que él no se está declarando el alquiler pero si la hipoteca y al no depositar la fianza es como si su domicilio habitual fuera este y nosotros no podremos declarar la vivienda como alquiler, quise pasar los suministros a mi nombre porque no me pasaba toda la factura y me dijo que no, también hace un mes que se abrió una grieta y entro agua por el temporal y no me lo quiere venir arreglar. ¿El legal todo lo que están intentando hacer? ¿Qué podemos hacer al respecto? Porque si el propietario de la vivienda es el, en el contrato aparecen los dos y no está registrado el contrato ni la fianza ¿ella puede hacer uso de la vivienda?

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Se admite que el arrendador de un inmueble no sea el propietario. Incluso en palabras del Tribunal Supremo "la legitimación para exigir el precio del arrendamiento y demás efectos del contrato compete, única y exclusivamente, a quien resulte probado haber otorgado, por sí o por medio de representante, el contrato en calidad de arrendador" (STS 8/10/85 y 22/4/14). Por tanto si la hermana aparece como arrendadora, sea o no propietario, puede exigir la vivienda.

Ahora bien, la Ley de Arrendamientos Urbanos exige para que el arrendador pueda recuperar la vivienda por necesidad familiar que al menos hubiera transcurrido 1 año de contrato y que ocupe al vivienda en el plazo de 3 meses. Si no la ocupa, tienen a derecho al realojo y a que se les indemnice.

Podemos ocuparnos de su caso si lo desea.

Anónimo-306019 Abogado en Las Rozas de Madrid

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Buenas Tardes Liebe, le informamos que los contratos son de obligado cumplimiento para ambas partes y si el arrendador está incumpliendo usted podrá instar demanda civil. Si desea que revisemos su contrato y valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil y nos movemos a nivel nacional, escribanos o venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

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