He solicitado en el colegio de abogados de Madrid un abogado de oficio, asistencia jurídica gratuita, mis preguntas son las siguientes:
- El juicio es de faltas, ¿lo puedo solicitar y me lo pueden conceder ya que me interesa?
- Tengo entendido que si gano el juicio y me llevo un beneficio económico tengo que abonarle 1/3 de lo que reciba, si es gratuito, ¿por qué?
- Después del juicio de faltas, ¿puede presentar una querella y hay pedir un abogado de oficio?
Gracias.
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Para faltas no se concede abogado, porque no es obligatorio acudir con él.
En cuanto al tercio que hay que pagarle al abogado de oficio, no es siempre así el abogado de oficio, podrá cobrarle hasta 1/3 de la que le consiguió, pero no tiene porque cobrárselo, de todas formas, si a usted el abogado le consigue una indemnización de 1000, y le paga al abogado 333€, sigue ganando 666, por lo que tampoco lo veo tan mal, ya le digo que un abogado privado le iba a cobrar más.
Buenos días,
En el colegio de abogado es donde deberán indicarle si ese concede un letrado de oficio para un juicio de faltas.
Según tengo entendido en juicios de faltas al no ser preceptiva la intervención de abogado no suelen asignarlo.
Por ello le recomiendo si esta interesado en contar con un letrado para el juicio que le informen sobre ese extremo y si no solicite presupuesto a un letrado por tramitar ese juicio, no suelen ser muy elevados
Quedo a su disposición si precisa asesoramiento o presupuesto.
Saludos.
Buenos días,
Todo lo relacionado a las dudas que tengas con respecto al abogado de oficio, te las resolverán de forma mucho más concreta a tu caso en el colegio de abogados en el que solicitaste el beneficio de la Justicia gratuita.