¿Dónde registrar parejas de hecho?
Hola. Quisiera saber cómo y dónde tengo que registrar una pareja de hecho. Gracias
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Muchos ayuntamientos disponen de este Servicio. Dirígase a la oficina de atención al ciudadano
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Las parejas de hecho, se inscriben en el registro del Ayuntamiento de una o de los dos personas que vayan a inscribirse Debe estar empadronado una de las personas que vayan a inscribirse en ese ayuntamiento, y dependiendo del mismo varían los documentos a presentar. Lo más usual, es presentar los siguientes documentos :
Solicitud.
Justificante de pago de la Tasa.
DNI, NIE o Pasaporte de cada uno de los que forman la pareja.
Empadronamientos.
Certificado de estado Civil.
Advertir también que se realizan controles sistemáticos en la inscripción de parejas de hecho, y que estas, no pueden constituir un fraude de ley. Así, algunos de los controles que se realizan de forma rutinaria son :
1.- La previa situación irregular de un extranjero extracomunitario.
2.- La existencia de antecedentes penales o policiales en el extranjero extracomunitario residente legal temporal, que en circunstancias ordinarias, conllevaría la denegación de la renovación de su autorización en régimen general.
3.- Considerable diferencia de edad entre los miembros de la pareja (esto, ya es, realmente, una exagerada intromisión en la vida privada de las personas, pero es una circunstancia que llama la atención de la Administración).
4.- No hallarse ambos empadronados en la misma vivienda (algunas normativas autonómicas solo exigen que, al menos uno de los miembros de la pareja, esté empadronado en un municipio de su territorio, por lo que, en la práctica, es posible que pueda darse este supuesto).
5.- Tener un tiempo, relativamente corto, de empadronamiento en la misma vivienda, habiendo estado la persona extranjera en situación irregular o haber caído en irregularidad sobrevenida.
6.- Que el extranjero extracomunitario haya ingresado en España en calidad de turista, se haya inscrito como pareja de hecho en un Registro Público establecido para el efecto con una persona de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza y no quedar suficientemente acreditado que, en efecto, había existencia de relaciones previas entre las personas registradas, es decir, que ya se conocían de antes.
7.- Tener uno de los miembros de la pareja, corto tiempo empadronado en el municipio de la Comunidad Autónoma en la que se han inscrito.
Espero haberte ayudado.
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Buenos días,
En el ayuntamiento donde este empadronado una de las personas que vayan a inscribirse, dependiendo del mismo varían los documentos a presentar. Pero en principio debe presentar los siguientes:
Solicitud.
Justificante de pago de la Tasa.
DNI, NIE o Pasaporte de cada uno de los que forman la pareja.
Empadronamientos.
Certificado de estado Civil.
Tenga en cuenta que los certificados de empadronamiento caducan a los tres meses, por lo que le recomendamos, que se asegure de disponer de todos llos papeles antes de presentar la solicitud y pagar la tasa.
Para cualquier inconveniente o duda que tenga estamos a su disposición.
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