Deuda no certificada

Realizada por jorge. 9 feb 2016 Abogados reclamaciones

En el año 2014, en la reunión ordinaria anual de la comunidad, se cambia de administración de fincas y aparece reflejada una deuda que supuestamente tenemos con la comunidad de 198 €.No podemos acudir ninguno (ni mi mujer ni yo) a las reuniones por cuestiones laborales por lo que nos enteramos de esa deuda cuando nos llega la copia del acta de la reunión. Nos ponemos en contacto con la nueva administración y les hacemos llegar todos los recibos de pago del año 2012, 2013 y principio de 2014 corroborando que habíamos hecho frente a todos los pagos, incluidos una derrama extraordinaria en el 2013 y la administración quedó en revisarlo.


A principios de 2015 vuelve a figurar la misma deuda y la respuesta del administrador es que aparece en el acta de la reunión del 2014 y que por lo tanto, esa deuda era firme al no reclamarla, pero ya se había reclamado telefónicamente y por e-mail enviando todos los documentos. Ante esto le exijo que me documente la deuda, como dice la ley que la deuda tiene que ser exigible, reclamada y vencida y sobre todo, documentada a lo que no me responden.


A primeros de este año, sigue la deuda pendiente y no me dan noticias del origen de esa deuda, y se escudan en que esa deuda viene de la otra administración anterior que ya no funciona, pero no aportan ningún documento origen de esa deuda salvo la mención del acta de la reunión del 2014.


Como tendría que actuar antes esta total arbitrariedad? como dije, presenté todos los justificantes del año 2012, 2013, 2014 como que no existía falta de pago ninguna, y sin embargo, siguen insistiendo en la misma alegando que está presente en el acta de esa reunión sin aportar certificación de origen de la deuda.

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Mejor respuesta

Estimado Jorge, debe estar tranquilo pues cuenta con documentación suficiente y fehaciente, como son los recibos, que acredita los pagos de la deuda que la Comunidad de Propietarios dice existir.
En el caso de que continúen insistiendo en la existencia de dicha deuda deberán acreditarlo de forma fehaciente, aspecto que por lo que nos comenta, no están demostrando.

Reciba un cordial saludo,

Atentamente,

Magnum Abogados Abogado en Alcalá de Henares

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Buenas Tardes Jorge, le informamos que si la Comunidad le instara demanda por monitorio, usted podrá alegar como causa de oposición que no debe nada, y entonces la demanda no prosperaría. De todos modos, si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días, en primer lugar si usted tiene justificante de abono de todas las cuotas, incluidas las de las derramas de todos los años que indica, no tiene de qué preocuparse. Ya que en caso de que le reclamen dicho importe por vía judicial ( en caso extremo) usted tiene todos los documentos que acreditan que no tiene nada pendiente de abono. Otra de las posibilidades con las que cuenta es personarse en la Administración actual y personalmente entregarle y revisar dichos importes para su comprobación.
Si tiene cualquier consulta, contacte con nosotros.
Un saludo y buen día.

Hinode - Maria Garcia Ibañez Abogado en Burlada/Burlata

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