Derechos reprográficos

Realizada por eva prieto fabregas. 13 feb 2017

Buenos días.

Quiero escribir un blog sobre nutrición en base a lo que he estudiado en diferentes cursos y libros.

Existe el artículo 270 del código penal que dice en parte:«1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

2. La misma pena se impondrá́ a quien, en la prestación de servicios de la sociedad de la información, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto, y en perjuicio de tercero, facilite de modo activo y no neutral y sin limitarse a un tratamiento meramente técnico, el acceso o la localización en internet de obras o prestaciones objeto de propiedad intelectual sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos o de sus cesionarios, en particular ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y contenidos referidos anteriormente, aunque dichos enlaces hubieran sido facilitados inicialmente por los destinatarios de sus servicios.

Mi pregunta es cómo puedo hablar de mis conocimientos sobre nutrición si no puedo citar de los libros donde he estudiado.

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Buenos dias Eva, a falta de tener más información sobre cómo desea plantear su blog, en rasgos generales la persona que realiza una publicación sobre una materia concreta de la que es experta puede hacerlo siempre que la autoría de lo que escribe, es decir, la propiedad intelectual sea suya. Lo que está prohibido, es la reproducción integra o parcial de textos o ideas propiedad de otra persona. Cosa distinta, es que pueda citar la bibliografía consultada para su exposición.
Espero haberla ayudado.
Saludos cordiales.

Pinilla & Abogados Abogado en Bilbao

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Estimada Eva,
Usted puede hablar de sus conocimientos de nutrición perfectamente. Sin embargo, no puede reproducir totalmente la obra de otra persona. Cuando vaya a introducir frases de otra persona debe introducir el texto entrecomillado y citar a la fuente de la que proviene.

En Grupo LaBE Abogados somos expertos en Derecho, por lo que si tiene alguna duda, puede contactar con nosotros

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